BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR TENER CARRO ELECTRICO O HIBRIDO

by | Mar 3, 2026 | BLOG, IMPUESTOS, NOTICIAS

La humanidad en la búsqueda de minimizar los altos costos ambientales y contaminantes que están causando muchos combustibles se ha motivado a usar vehículos que, además de asegurar que son menos contaminantes, implican beneficios tributarios por tener carro eléctrico o híbrido en Colombia?

 

¿Cuáles son los tipos de vehículos se les otorgan beneficios tributarios en Colombia?

  • Carros eléctricos (Son los que funcionan exclusivamente con energía eléctrica almacenada en una batería recargable).
  • Vehículos híbridos (Son los que funcionan con electricidad y combustible).

 

¿Cuáles son los beneficios tributarios por tener carro eléctrico o híbrido?

  • Entrada sin arancel al país para los importadores de estos vehículos.
  • Para híbridos ligeros importados de países con los cuales Colombia no tenga Tratado de Libre Comercio (TLC) pagan un 15%; en tanto que los enchufables pagan un 15%. 
  • Deducción de la base gravable del impuesto de renta para los propietarios de estos vehículos, hasta en un 50% de la inversión hecha en su adquisición hasta por 15 años; asimismo, una exclusión del IVA en la compra, la cual es del 5%.
  • Para quienes ya eran propietarios de un carro particular de este tipo, pueden acceder a este beneficio y para ser excluido del IVA se configura un reembolso por parte de la DIAN.
  • En el Distrito Capital de Bogotá, los carros eléctricos tendrán un 60% de descuento en el pago del impuesto vehicular durante los 5 primeros años.
  • También en Bogotá, D.C., los híbridos (ligeros, enchufables y no enchufables) tendrán un descuento del 40% en su impuesto vehicular hasta por 5 años.

 

¿Qué otros beneficios hay por tener carro eléctrico o híbrido?

  • Tienen exención de Pico y Placa para sus propietarios.
  • Estos vehículos pueden circular libremente durante el día sin carro.
  • Tienen un descuento del 10% en el costo del SOAT, Ley 1464 de 2019.
  • Los vehículos híbridos tienen un menor consumo de combustible, a excepción de los híbridos ligeros.
  • Los mantenimientos iniciales pueden ser menores.
  • La recarga de los vehículos eléctricos es más económica que tanquearlos con gasolina y sus mantenimientos (en algunos aspectos) son de menor costo como en el caso del desgaste de las pastillas de freno.

 

¿Cuál es el procedimiento para acceder a estos beneficios?

  • Ingresar a la página web de la Unidad de Planeación Minero Energética UPME: https://www.upme.gov.co/
  • Desplegar el menú “Servicios a la ciudadanía” e ingresar a “Incentivos tributarios”, dar clic en “Ir a incentivos tributarios para vehículos eléctricos e híbridos
  • Proceder a radicar la solicitud en línea en “Iniciar solicitud” donde aparecerá una ventana para registrar la solicitud, encontrando  la opción para usuario nuevo o usuario registrado.
  • Posteriormente, deberá diligenciar algunos formularios que incluyen una hoja técnica donde se colocan los datos del vehículo.
  • Luego de hacer la radicación de la solicitud, se debe hacer seguimiento al trámite desde el sistema. La Upme demora 10 días hábiles en verificar la solicitud y luego intervienen los ingenieros para realizar una revisión que les permite asegurar que el vehículo cumple con las condiciones para acceder a estos beneficios, este proceso tarda  hasta 30 días hábiles.
  • En caso que el concepto sea favorable, la UPME expide un certificado que envían al correo electrónico del interesado para que la DIAN haga el proceso de deducción en la renta y el reembolso o exclusión del IVA. 

 

Estos beneficios e incentivos han ocasionado un aumento en las ventas de este tipo de vehículos, permitiendo constatar que quienes adquieren estos vehículos se ven altamente motivados por estos descuentos y ventajas.

 

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