PACTO DE SOCIOS O ACUERDO DE ACCIONISTAS

by | Oct 27, 2026 | BLOG, DERECHO COMERCIAL, SOCIEDAD COMERCIAL

El pacto de socios o acuerdo de accionistas permite establecer reglas claras sobre la participación, las decisiones y la salida de los integrantes de una empresa. Aunque no es obligatorio en todos los casos, puede prevenir conflictos y proteger los intereses de quienes participan en un negocio, por lo cual éste será el tema de nuestro artículo de hoy.

 

¿Qué es un pacto de socios o acuerdo de accionistas?

De acuerdo con los doctrinantes, podemos decir que el pacto de socios o acuerdo de accionistas es un acuerdo contractual mediante el cual dos o más socios o accionistas establecen reglas para regular determinados aspectos de su relación, como la transferencia de participaciones, el ejercicio del voto, la entrada de nuevos inversionistas y las condiciones de salida.

En Colombia  es más usual hablar de un acuerdo de accionistas, especialmente en las sociedades por acciones simplificadas (SAS). 

 

¿Para qué sirve el pacto de socios o acuerdo de accionistas?

  • Prevenir conflictos:  Establecer cómo se resolverán las diferencias entre los participantes.
  • Proteger las inversiones:  Pactar condiciones para vender acciones o incorporar nuevos socios.
  • Facilitar la salida de un socio: Señalar mecanismos de valoración y negociación de su participación.
  • Regular las decisiones: Determinar compromisos sobre el sentido del voto y específicas decisiones empresariales.
  • Evitar bloqueos: Prever procedimientos para solucionar desacuerdos que impidan tomar decisiones importantes.

 

¿Qué cláusulas puede incluir el pacto de socios?

  • Derecho de preferencia:  Señala condiciones para que los socios existentes puedan adquirir las acciones o participaciones que otro desea vender.
  • Derecho de arrastre (drag along): Posibilita exigir la venta conjunta de determinadas participaciones cuando se cumplen las condiciones acordadas.
  • Derecho de acompañamiento (tag along): Facilita que determinados socios minoritarios intervengan en la venta de acciones realizada por un socio mayoritario, bajo las condiciones acordadas.
  • Reglas de votación: Establecen compromisos sobre el ejercicio del voto en las reuniones sociales.
  • Entrada y salida de socios: Regulan el ingreso de inversionistas, la transferencia de participaciones y los mecanismos de valoración.
  • Solución de controversias:  Determina procedimientos de negociación, conciliación o arbitraje, cuando corresponda.
  • Aportes futuros:  Señala las condiciones para nuevas inversiones y las consecuencias del incumplimiento de los compromisos asumidos.

 

¿Qué dice la legislación colombiana?

  • El artículo 70 de la Ley 222 de 1995 permite que dos o más accionistas que no sean administradores de la sociedad acuerden votar en igual o determinado sentido en las asambleas. Asimismo,  contempla la posibilidad de designar a una persona para representarlos. Para producir efectos frente a la sociedad, el acuerdo debe constar por escrito y entregarse al representante legal para su depósito en las oficinas de administración.

 

  • El artículo 24 de la Ley 1258 de 2008 establece reglas específicas para los acuerdos de accionistas de las SAS. Estos pueden referirse, entre otros asuntos lícitos, a la compra y venta de acciones, las restricciones a su transferencia, el ejercicio del voto y la representación en las asambleas.

 

¿En qué se diferencia de los estatutos sociales?

Los estatutos contienen las reglas esenciales de organización y funcionamiento de la sociedad y se someten a las formalidades legales correspondientes; en tanto que el pacto de socios permite desarrollar compromisos particulares entre quienes lo suscriben.

 

¿Cómo se negocia y formaliza el pacto de socios?

  • Antes de firmar, es conveniente identificar los intereses de cada participante, definir los asuntos que requieren regulación y señalar mecanismos claros para resolver posibles desacuerdos.
  • El documento debe identificar a los firmantes, precisar las obligaciones asumidas, determinar su duración y establecer las consecuencias del incumplimiento. 
  • Asimismo,  debe verificarse el régimen jurídico aplicable al tipo de sociedad y cumplirse el procedimiento de depósito cuando sea exigible para producir efectos frente a ella.

 

Para concluir, el pacto de socios o acuerdo de accionistas es una herramienta de prevención y organización empresarial. Su utilidad depende de que responda a las necesidades reales del negocio y se redacte de acuerdo a lo establecido por la ley,  sin confundir las obligaciones contractuales entre sus firmantes con los efectos que el acuerdo puede producir frente a la sociedad.

 

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