El contrato “Llave en mano” no es muy conocido por quienes no están relacionados con el sector de la construcción, pero es un contrato comercial atípico del cual trataremos en nuestro artículo de hoy.

 

¿Qué es el contrato “Llave en mano”?

Como hemos señalado en los anteriores contratos atípicos a los que nos hemos referido, no hay una legislación específica para este contrato, pero de acuerdo a lo señalado por varios doctrinantes y por la jurisprudencia, el contrato “Llave en mano” implica que el contratista asume la responsabilidad total de un proyecto de obra, desde su concepción hasta su entrega final. Este tipo de contrato se caracteriza por la obligación del contratista de ejecutar la obra de manera integral, lo que incluye el diseño, suministro de materiales, transporte y la ejecución de las obras civiles necesarias.”

El contrato “Llave en mano” le confía a una empresa constructora la ejecución de los mecanismos vinculados con el diseño y la construcción de un proyecto,  incluyendo la gestión documental, de acuerdo a los requisitos señalados por el cliente.

 

¿Cuáles son las características de un contrato “Llave en mano”?

  • Atípico: No cuenta con una legislación específica que lo regule, sino que se regula por las normas generales de los contratos.
  • Consensual: Surge por el acuerdo de voluntad entre las partes.
  • Principal: No depende de otro contrato para su existencia, implica celebrar un solo y único contrato entre las partes.
  • Colaboración empresarial:  Las partes unen sus esfuerzos humanos, financieros y técnicos para lograr el objeto del contrato.
  • Bilateral: Hay dos partes en el contrato, la que diseña, construye, financia y ejecuta el proyecto encargado (contratista) y quien recibe el bien o servicio (contratista), previo pago a la otra parte.
  • Oneroso: Hay utilidad para las dos partes y el contrato “Llave en mano” por ser una obligación global para el contratista que asume el proyecto, el precio se pacta a una suma global o “alzada”, pues incluye todas los elementos indispensables para ejecutar el proyecto.
  • Conmutativo: Se generan obligaciones  y beneficios para las partes y las y los beneficios y las desventajas son equivalentes para las partes desde que inicia el contrato. 
  • De ejecución instantánea:  Las prestaciones de las partes se cumplen en un único acto.
  • El diseño de la obra es realizado por el contratista de acuerdo a la comodidad y economía del cliente.
  • Los suministros, la construcción y el montaje son obligaciones de la empresa constructora.
  • La empresa constructora debe proporcionar una lista de las empresas subcontratadas y proveedores que le colaborarán para el desarrollo del proyecto.

 

¿Cuáles son los beneficios de un contrato “Llave en mano”?

  • Comodidad y tranquilidad para el contratante:  El cliente no se tiene que preocupar por nada pues la gestión completa está a cargo del contratista, sólo debe esperar a recibir las llaves de la obra una vez concluida y proceder a colocarla en funcionamiento.
  • Control de una sola persona: El trato se realiza con una sola empresa y eso garantiza un mayor control sobre las obras, evitando tener que vigilar a diferentes proveedores y trabajadores.
  • Seguridad:  La empresa constructora es la encargada de dirigir los trabajos y garantizar la ejecución de las diferentes partes intervinientes en la obra, estableciendo las garantías para la obra (pólizas de seguros), en el plazo fijado  desde el inicio y según el precio acordado (precio único y cerrado).
  • Calidad garantizada: Es una de las garantías en todo momento (durante y después de la obra).
  • Menos riesgos financieros: El contratista encargado del proyecto “Llave en mano”, usualmente, se deduce mayor margen en el presupuesto final para asumir la responsabilidad de las pérdidas que se vayan presentando y el contratante no asume responsabilidad, ni tiene que asumir ninguna clase de variación en el precio del contrato.
  • Experiencia y apoyo: El proyecto queda en manos de profesionales de la construcción experimentados y con los conocimientos técnicos para desarrollarlo, así el contratante cuenta son su asesoría en todo lo relacionado con la obra.

 

Muchos suelen decir que este tipo de contrato “Llave en mano” es un contrato de obra como tal, pero esto no es tan cierto, aunque sí es una modalidad de éste porque  es un contrato de diseño conjunto con el de obra, pero, aclaramos, no es como tal el mismo contrato de obra.

 

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