CONTRATO SINDICAL

by | Mar 17, 2026 | BLOG, DERECHO LABORAL, SINDICATO

Hemos hablado sobre los sindicatos y los sindicatos patronales, pero en nuestro artículo de hoy trataremos sobre el contrato sindical, daremos su definición y sus características, entre otros aspectos más.

 

¿Qué es el contrato sindical?

El artículo 482 del Código Sustantivo del Trabajo lo define así: Se entiende por contrato sindical el que celebren uno o varios sindicatos de trabajadores con uno o varios {empleadores} o sindicatos patronales para la prestación de servicios o la ejecución de una obra por medio de sus afiliados. Uno de los ejemplares del contrato sindical debe depositarse, en todo caso, en el Ministerio de Trabajo, a más tardar quince (15) días después de su firma. La duración, la revisión y la extinción del contrato sindical se rigen por las normas del contrato individual de trabajo.”

La reforma laboral del Gobierno del Presidente Petro no busca eliminar por completo el uso del contrato sindical, sino que pretende restringir su uso radicalmente, porque considera que es una forma de intermediación laboral disfrazada o insuficiente.

 

¿Cuáles son las características del contrato sindical en Colombia?

  • De naturaleza colectiva, es un convenio entre personas jurídicas.
  • Es nominado porque es un contrato que hace parte del derecho colectivo del trabajo.
  • Es solemne, debe constar por escrito y depositarse en el Ministerio de Trabajo dentro de los 15 días posteriores a su firma.
  • Es reglado, porque está regulado por el Código Sustantivo del Trabajo en los artículos 482, 483 y 484, y por el Decreto 1072 de 2015 a partir del artículo 2.2.2.1.16.
  • Sólo puede ejecutarse por parte de los afiliados al Sindicato.
  • El Sindicato cuenta con autonomía administrativa y financiera para realizar la obra o servicio.
  • El sindicato debe constituir  caución que garantice el cumplimiento de las obligaciones con sus miembros afiliados (Póliza de cumplimiento).

 

¿Cuáles son los requisitos del contrato sindical?

El artículo 2.2.2.1.26 del Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015 establece los siguientes:

  • constar por escrito.
  • Contener la fecha en que se conformó el sindicato.
  • Tener el número de acta y la fecha de celebración de la asamblea de afiliados que lo autorizó.
  • Señalar las cláusulas relativas al objeto, las condiciones para su ejecución y las obligaciones de las partes.
  • Estipular el valor total de la prestación del servicio o de ejecución de la obra.
  • Establecer el valor de la caución que las partes deben constituir para asegurar que se cumplan las obligaciones acordadas.
  • Realizar las auditorías que crean necesarias para verificar que se cumplan las obligaciones de las partes.
  • Determinar los procesos y los procedimientos técnicos para ejecutar el contrato sindical.

 

En días recientes, el Ministerio del Trabajo expidió el Decreto 0234 de 2026, mediante el cual se regula la negociación colectiva multinivel (por niveles superiores al de la empresa) en el sector privado y con los trabajadores oficiales, es decir, que la negociación se efectúa no solo dentro de la compañía, sino por grupo de empresas del mismo sector de actividad.

De este tema trataremos en otro de nuestros artículos.

 

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