Los que tienen créditos u obligaciones con entidades financieras han escuchado el término cartera castigada, refleja las obligaciones que por su alta mora y poca probabilidad de recaudo, son reconocidas como pérdida por el acreedor, pero sin que esto la extinga jurídicamente.
¿Qué es la cartera castigada?
No hay una norma legal que defina expresamente lo que es la cartera castigada, es la clasificación contable de una obligación que el acreedor estima que es de difícil o improbable recaudo, reconoce la pérdida en su contabilidad (provisión/castigo), y se pasa a gestión de cobranza intensiva o se decide vender la cartera, no extingue la deuda, por lo que el crédito sigue existiendo y siendo exigible.
¿Cómo se sabe si se tiene una cartera castigada?
Se sabe que hay cartera castigada porque hace referencia a todas las deudas que se encuentran en mora (90 días de vencimiento del pago), ha superado el plazo de pago aceptado.
¿Cuáles son los requisitos para una cartera castigada?
- La mora prolongada: Es el incumplimiento permanente del deudor en el tiempo, no es un retraso eventual, es una mora representativa y sostenida, superior a los plazos que se consideran críticos como más de 180 días o 360 días, de acuerdo a la clase de cartera que sea, esto evidencia que el deudor no cuenta con la capacidad económica o con voluntad de pago en el corto o mediano plazo.
- La poca probabilidad de recuperación: Es el análisis prospectivo con el cual la entidad estudia si, iniciando o siguiendo con las gestiones de cobranza, es posible o no recuperar la deuda y, para ello, tienen en cuenta factores como la situación financiera del deudor como, por ej., si se declaró insolvente, si está desempleado, etc.; si hay bienes que se puedan embargar; si tiene un historial constante de incumplimiento de obligaciones y la antigüedad de ésta.
- El cobro ordinario debe encontrarse agotado: La entidad debe desplegar todas las gestiones de cobranza razonables en la etapa pre jurídica o administrativa, antes de castigar la cartera, realizando llamadas, enviando mensajes de texto, correos electrónicos, verificar si hay acuerdo de pago incumplidos, reestructuraciones fallidas, etc.
- Un deterioro elevado: Contablemente, el crédito debe tener un nivel alto de deterioro, esto significa que la pérdida esperada sea representativa en su valor a recuperar, reflejado en la clasificación del crédito en categoría de alto riesgo, provisiones cercanas o iguales al 100% y el reconocimiento de pérdida en los estados financieros.
¿Cómo salir de una cartera castigada?
- Que el deudor ahorre para cancelar el crédito en mora, aumentando la cantidad de meses que va a pagar de la deuda.
- Recibir las llamadas que le hacen, pues, aunque no parezca, la entidad financiera está intentando negociar también.
- Ofertar y contraofertar, pues el banco o entidad financiera lo que quiere es recuperar el mínimo del capital que le prestó al deudor, estando atentos a escuchar las soluciones planteadas por éste.
Para finalizar, la cartera castigada, como ya mencionamos, es una decisión contable y financiera a través de la cual una entidad reconoce que es casi imposible recuperarla y la retira de sus activos productivos, pero sin que quiera decir que esto extingue la obligación, esto en virtud del artículo 1625 de nuestro Código Civil que señala que: “Las obligaciones se extinguen además en todo o en parte:
1o.) Por la solución o pago efectivo…”
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