La implementación del Registro Universal de Ingresos (RUI) y el avance del catastro multipropósito han provocado gran preocupación entre muchos colombianos que temen perder el acceso al Sisbén o a los subsidios del Estado por ser propietarios de una vivienda o de una finca. Frente a estas inquietudes, el Gobierno Nacional aclaró que la sola tenencia de un inmueble no constituye una causal de exclusión de los programas sociales, ya que la clasificación dependerá principalmente de la situación económica real de cada hogar y no únicamente de su patrimonio, por lo cual, tener vivienda no lo saca del Sisbén.
¿Tener vivienda no lo saca del Sisbén?
No. El Gobierno Nacional, a través del Departamento Nacional de Planeación (DNP), determinó que ser dueño de una vivienda, un apartamento, una finca o una parcela no excluye automáticamente a una persona del Sisbén ni del futuro Registro Universal de Ingresos.
Con esta aclaración se pretende dar un parte de tranquilidad a millones de familias, especialmente campesinos y pequeños propietarios que cuentan con una vivienda como patrimonio familiar, pero continúan encontrándose en condiciones de vulnerabilidad económica.
¿Cuándo sí puede influir un inmueble en la clasificación?
La propiedad sólo puede ser tenida en cuenta cuando es una fuente de ingresos económicos.
En este caso, el sistema podrá considerar esos ingresos para establecer la capacidad económica del hogar. Es decir, no se evalúa únicamente la existencia del bien, sino la rentabilidad que éste genera.
¿Cómo se clasifica actualmente la población?
El Sisbén IV organiza a los hogares en cuatro grupos:
- Grupo A: pobreza extrema.
- Grupo B: pobreza moderada.
- Grupo C: población vulnerable.
- Grupo D: población no pobre ni vulnerable.
Esta clasificación sigue siendo usada para enfocar numerosos programas sociales en tanto se continúa implementando el Registro Universal de Ingresos.
¿Qué factores pueden modificar la clasificación?
La ubicación de un hogar dentro del sistema puede cambiar cuando se actualiza su información socioeconómica, entre otros aspectos por causa de:
- Modificación de los ingresos familiares.
- Cambios en la composición del hogar.
- Nuevas fuentes de renta.
- Información reportada por entidades oficiales.
- Actualización de bases de datos nacionales.
PERO: Ser propietario de una vivienda, por sí solo, no genera un cambio automático en la clasificación.
Para concluir, las aclaraciones realizadas por el Gobierno Nacional permiten despejar una de las principales preocupaciones de los ciudadanos: ser propietario de una vivienda o de una finca no significa perder automáticamente el Sisbén ni los subsidios estatales. Lo determinante seguirá siendo la capacidad económica real del hogar y los ingresos efectivamente registrados.
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