ACUERDOS DE PAGO Y DESCUENTOS EN MULTAS DE TRANSITO

En reciente artículo dimos a conocer a nuestros usuarios la reducción de sanciones e intereses que trae la nueva reforma tributaria y hoy trataremos sobre los acuerdos de pago para el pago de multas de tránsito,  así como los plazos para pagar con descuento una multa de tránsito en Bogotá.

 

¿De qué se tratan los acuerdos para pagar comparendos de tránsito?

 

Son acuerdos que se hacen con el correspondiente organismo de Tránsito para pagar el comparendo  pendiente poco a poco hasta quedar a paz y salvo, cuando no se puede pagar la multa totalmente y de una sola vez.

 

¿Qué documentos se deben presentar para suscribir un acuerdo de pago?

 

  • Diligenciar el formulario de solicitud para radicar el acuerdo de pago.

 

  • Cédula de ciudadanía o contraseña original y fotocopia del deudor del comparendo, del codeudor o del tercero que solicita el acuerdo de pago, y si la cédula está en trámite adjuntar un certificado del estado de la cédula.

 

  • Si se trata de un extranjero, cédula de extranjería, igual para el codeudor y el tercero.

 

  • Si el acuerdo es de más de 12  cuotas se debe dar la garantía para el respaldo de la obligación.

 

  • Adjuntar copia del último recibo de energía, gas o agua del domicilio del deudor.


  • Certificación laboral no superior a 30 días.


  • Certificado bancario menor a 30 días.
  • Si se trata de trabajadores independientes, declaración de renta del último año.


 

¿Qué requisitos solicita la Secretaría de Tránsito de Bogotá para llegar a un acuerdo de pago?

 

  • La deuda del comparendo debe ser mayor a $1.045.455 (en el año 2023), incluidos en este valor el capital y los intereses.

 

  • La suma de la primera cuota debe ser no menos del 40% del valor total de la deuda ($418.182 para el 2023) y las cuotas posteriores ya serán de $209.091 o mayor a esta cifra.

 

  • Deben ser 3 cuotas mínimas para el pago de la deuda.

 

  • El plazo máximo para financiar esta deuda es de 5 años.

 

  • En caso de acuerdos de más de 12 cuotas se debe dar una garantía para respaldar la deuda como, por ej., un inmueble, la garantía de un banco, una fiducia, una prenda o hipoteca, un codeudor, o una póliza de seguros.

 

  • El comparendo o los comparendos incluidos en un acuerdo de pago deben tener una resolución por cada multa que deje en firme la obligación.
  • No se puede solicitar un acuerdo de pago cuando se tiene otra facilidad de pago incumplida.


  • Los menores de edad no pueden realizar acuerdos de pago.

 

  • El deudor, el codeudor o un tercero deben estar autorizados debidamente y no pueden solicitar un acuerdo si el comparendo moroso tiene en curso un proceso de impugnación, pues debe quedar resuelta antes que la persona pueda solicitar el acuerdo de pago.

 

¿Cuál es el trámite para tener un acuerdo de pago?

 

  • Acudir directamente a la sede de la Secretaría de Tránsito local con los documentos requeridos y acercarse a la ventanilla de acuerdos de pago.

 

  • El encargado indicará el monto y los intereses y el sistema establecerá el número de cuotas para pagar y la primera cuota debe pagarse los 5 primeros días hábiles después de realizado el preacuerdo.

 

Formas de pago de las cuotas del preacuerdo:

 

  • Personalmente en las sucursales del Banco de Occidente y del Banco Caja Social, con el volante de pago.

 

  • En línea mediante PSE en la página web de la Secretaría de Movilidad.
  • Con tarjeta de crédito Visa o Mastercard, sólo en la sucursal del Banco de Occidente del Centro de Servicios de Movilidad de la calle 13, en horario de lunes a viernes a partir de las 7 am. a las 6 pm. y los días sábados de 8 am a 11 am.

 

¿Cuáles son los efectos de incumplir un acuerdo de pago?

 

  • El deudor recibirá una invitación por parte de la Secretaría de Movilidad donde lo invita a pagar y si pasan 90 días de mora, se expide una resolución que declara el incumplimiento e inicia el procedimiento de cobro coactivo.


  • Pasados los 60 días del inicio de la mora, el deudor será reportado ante los operadores de información financiera.


  • Esta persona perderá la oportunidad de pedir, nuevamente, un acuerdo de pago para su financiación y se verá obligado al pago total de la multa e intereses para quedar a paz y salvo.

 

¿Hay descuentos para el pago de comparendos?

 

sí, para ello, la persona multada debe realizar un curso pedagógico en el plazo señalado de acuerdo a si fue impuesto en vía o por medio electrónico.

 

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