El anatocismo es una de esas figuras jurídicas que afectan el día a día de muchas personas, pero de las cuales no se conoce mucho, su nombre no da “pistas” sobre su significado, por lo que este es el tema del artículo a continuación.
¿Qué es el anatocismo?
“El anatocismo (del griego anatokismós, compuesto por ana, nuevo; tókos, producto o interés; ismós, costumbre, sistema)[1] es la acción de cobrar intereses sobre los intereses de mora derivados del no pago de un préstamo, también conocido como capitalización de los intereses.”
El anatocismo es el cobro de intereses sobre intereses, lo cual está prohibido expresamente por el artículo 2235 de nuestro Código Civil, esto es algo que se presenta en la capitalización de intereses, pero sin que ésta se encuentre prohibida.
¿Qué es la capitalización de intereses?
El Consejo de Estado ha explicado, en reiteradas ocasiones, que la capitalización de intereses es distinta del anatocismo (aunque muchos consideran que es lo mismo, pero no es as): “La corporación explicó que el anatocismo implica el cobro de intereses sobre intereses atrasados, es decir, aquellos que no fueron cubiertos en el tiempo u oportunidad señalados para ello, mientras que la capitalización de intereses se refiere al cobro de intereses sobre intereses no atrasados, esto es, los causados pero no exigibles.”
La capitalización de intereses se da durante la etapa acordada para amortizar el crédito de los intereses ocasionados cuando se hacen los desembolsos, a criterio del Alto Tribunal, son los intereses causados en determinado tiempo que se suman al capital inicial, calculado los intereses del siguiente periodo sobre el capital del inicio aumentado por los intereses del periodo anterior, y así continuamente .
¿En qué se diferencia el anatocismo con la capitalización de intereses?
Para dejar claro la diferencia entre estas dos figuras:
- El anatocismo está legalmente prohibido, mientras que la capitalización no.
- El anatocismo hace referencia al cobro de intereses sobre intereses en mora, mientras que la capitalización de intereses es el cobro de intereses sobre intereses causados de un capital.
- El anatocismo, en palabras de la Corte Constitucional, hace referencia a un cobro de intereses sobre intereses, sobre intereses “atrasados”, los que no fueron cubiertos en el tiempo u ocasión establecidos para ello; mientras que la capitalización es un sistema de pago de los intereses que se deben como resultado de otorgar un crédito de mediano o largo plazo, por un específico capital, permitiendo capitalizar intereses causados, pero no exigibles.
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