COBRAR UNA DEUDA SIN PRUEBAS

(proceso monitorio)

COBRAR UNA DEUDA SIN PRUEBAS: A todos nos ha pasado que nos vamos de buena gente con las personas, les prestamos dinero sin términos ni condiciones pero con la esperanza siempre viva, de que nos paguen. Luego, por algún motivo, nos dejamos de hablar con el o ella, tenemos un disgusto y el contacto termina pero no pagan, cobramos pero si hay algo más abundante que la conchudéz, son la excusas. ¿Qué pasa si en realidad necesitamos el dinero que, finalmente es nuestro?

Existe el Proceso Monitorio, mediante el cuál usted puede levantar un proceso contra esa persona que lo tiene descuadrado y se hace el loco para pagarle. Para llevarlo a cabo es necesario cumplir con los siguientes requisitos

  1. Tener un contrato establecido (entendiendo que un contrato puede tener origen tanto escrito como verbal. Usted y yo realizamos contratos verbales todo el tiempo).
  2. Que la suma sea determinada.
  3. Que sea una deuda exigible ante la ley, es decir, que se trate de un acuerdo lícito, de manera que no termine usted en un problema peor por andar cobrando plata mal habida.
  4. Que sea de mínima cuantía (La nueva cuantía inferior a 40 s.m.l.m.v. Artículo 419 del C.G.P).

El trámite se puede realizar sin necesidad de un abogado, usted debe tener la dirección de residencia del demandado para que éste sea notificado y pueda asistir. El aviso se le dará con 10 días de anterioridad y los posibles resultados son:

  • Que el demandado se presente y pague.
  • Que el demandado se presente, niegue la deuda y pierda el proceso: En este caso se le cobrará el total de la deuda y además deberá cancelar una multa por el 10% del total de la deuda.
  • Que el demandado se presente, niegue la deuda y gane el proceso: En este caso será el demandante quien pague la multa.
  • Que el demandado no se presente: Lo que ocasiona que el proceso en su contra continúe con la orden de pago en su y servirá como material a favor del demandante en una próxima citación.

Para que el proceso sea exitoso para usted como demandante, es necesario que lleve toda clase de pruebas a su favor o, en su defecto, testigos que puedan dar testimonio de su buena fe y del incumplimiento del demandado. (Tenga en cuenta que las pruebas físicas y tangibles ayudan a que el proceso se resuelva mas rápida y ágilmente).

Vea también:

EL CONTRATO VERBAL DE ARRENDAMIENTO Y SUS DERECHOS DESCONOCIDOS