Muchas personas prefieren adquirir un lote de terreno y construir la vivienda, con la intención que los costos para ello disminuyan,  pero, en algunos casos, se buscan un maestro de obra o albañil para que realice la obra, sin contar con los requisitos que la ley establece para ejecutar la construcción, como lo es la licencia de construcción. 

 

¿Qué es la licencia de construcción?

 

En anterior artículo señalamos que: Es la autorización previa para desarrollar edificaciones, áreas de circulación y zonas comunales en uno o varios predios.”

 

En las licencias de construcción se precisará el uso, la volumetría, la accesibilidad, la edificabilidad y otros aspectos técnicos que se aprueben para edificar, este permiso lo concede la entidad del Distrito o municipal que corresponda, conforme lo dispuesto por el Plan de Ordenamiento Territorial (POT).

 

¿Ante quién se tramitan las licencias de construcción?

 

Se tramitan, sólo, en las Curadurías urbanas en los distritos y municipios que tengan esta figura, pero, en los distritos y municipios donde no exista será la autoridad municipal o distrital competente ,Decreto 1077 de 2015, artículo  2.2.6.1.1.3 Competencia.

 

¿Qué requisitos se exigen para solicitar una licencia de construcción?

 

Se requieren varios documentos que se deben adjuntar al formulario Único Nacional para la solicitud de Licencias de Construcción completamente diligenciado:

 

  • Certificado de tradición y libertad con vigencia máxima de 3 meses.
  • Certificado de Constitución y Gerencia en caso de tratarse de una sociedad (persona jurídica).
  • Si se trata de persona natural, adjuntar fotocopia del documento de identidad del solicitante.
  • Último recibo del impuesto predial pago.
  • 3 copias heliográficas de los planos arquitectónicos firmadas por un arquitecto junto a una fotocopia de la matrícula profesional.
  • 3 copias  heliográficas de planos estructurales, adjuntado fotocopia de la matrícula del profesional.
  • 3 copias de las memorias de cálculo estructurales y de los demás diseños firmados por un ingeniero civil con matrícula profesional con vigencia de no menos de 5 años de antigüedad.
  • 3 copias de estudios geotécnicos o de suelos firmadas por el profesional a cargo y con matrícula profesional con vigencia de no menos de 5 años de antigüedad.
  • Si se actúa a través de apoderado, poder debidamente otorgado.
  • Si el inmueble es de interés cultural o Patrimonio Arquitectónico, se debe anexar la aprobación de la entidad competente.
  • Copia de una factura de servicios públicos cuando se solicite para vivienda.
  • Se debe cancelar el cargo fijo de expensas de la Curaduría.
  • Tarjeta de Alineamiento vigente expedida por Planeación Municipal. 

IMPORTANTE:  Cuando se trate de propiedad horizontal se deben adjuntar 3 juegos de planos de Alindamiento y 3 juegos de Proyecto de División, junto con la autorización respectiva tal como lo establece el reglamento de P.H.

 

En caso de modificaciones y ampliaciones se deben anexar los últimos planos aprobados y una copia de la licencia de construcción anterior.

 

Dentro de los 5 siguientes días a que se radicó la documentación, se debe suministrar una fotografía de la valla colocada en el predio donde se informa la solicitud de la licencia de construcción.

 

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