El Congreso de la República aprobó el nuevo Régimen Sancionatorio Aduanero, una reforma muy importante para el comercio exterior colombiano cuyo objetivo es fortalecer la seguridad jurídica, garantizar la proporcionalidad de las sanciones y diferenciar claramente entre los errores de buena fe y las conductas fraudulentas.
¿Cuál es el fundamento normativo para este nuevo régimen sancionatorio aduanero?
La Corte Constitucional a través de la Sentencia C-072 de 2025 declaró inexequible el Decreto Ley 920 de 2023, ordenando al Congreso de la República expedir una ley formal para regular las infracciones, sanciones y procedimientos aduaneros que involucran materias sometidas al principio de legalidad, por lo cual estos aspectos deben ser objeto de una ley del Congreso y no de una regulación adoptada por el Gobierno en el ejercicio de facultades extraordinarias. Por este motivo, declaró inexequible el Decreto Ley 920 de 2023, pero mantiene temporalmente sus efectos hasta el 20 de junio del presente año 2026.
¿Cuáles son los principales cambios del nuevo régimen?
- La diferenciación entre error y fraude: Las infracciones ya no tendrán el mismo tratamiento sancionatorio, por considerar que no es equiparable:
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- El error involuntario o de digitación.
- Una conducta dolosa dirigida al contrabando o fraude aduanero.
- El incumplimiento formal sin intención de defraudar.
- La posibilidad de corrección voluntaria: Este nuevo régimen promueve el cumplimiento voluntario de las obligaciones aduaneras en los siguientes casos:
- Quien corrija voluntariamente un error antes de que la DIAN actúe, puede evitar la sanción.
- Quien compruebe que actuó diligentemente puede invocar causales para exonerarse.
- Las infracciones leves pueden recibir menor severidad cuando se trate de las primeras faltas corregidas en su debido tiempo.
- La reducción del número de infracciones: Con la reforma se pasa de 358 conductas sancionables a 235 infracciones, aproximadamente, pues se pretende simplificar el régimen y facilitar su aplicación para la administración y para los operadores de comercio exterior.
- Una mayor seguridad jurídica para importadores y exportadores: Este nuevo régimen pretende eliminar situaciones en las que los errores simplemente formales terminen ocasionando consecuencias desproporcionadas tales como aprehensiones o decomisos de mercancías, y establecen reglas más claras sobre la actuación administrativa y los términos para ejercer las facultades sancionatorias.
- Reglas más claras sobre el decomiso de mercancías: La ley determina un plazo uniforme de 5 años para ejercitar la acción de decomiso por parte de la DIAN, brindando mayor certeza a los operadores económicos sobre los riesgos vinculados a sus operaciones.
- Unas nuevas garantías frente al cobro de sanciones: Los Operadores Económicos Autorizados (OEA) y otros más con garantías globales contarán con mayores garantías procesales.
¿Cuál es el impacto de este nuevo régimen sancionatorio aduanero para el comercio exterior?
Esta reforma busca equilibrados dos objetivos esenciales:
- Combatir el contrabando y las conductas fraudulentas.
- Posibilitar el comercio legítimo y el cumplimiento voluntario de las obligaciones aduaneras.
Asimismo: Fortalecer la confianza de inversionistas nacionales y extranjeros a través de reglas más claras, acordes y previsibles con estándares internacionales de gestión de riesgos y facilitación del comercio.
La aprobación del nuevo régimen sancionatorio aduanero se constituye en una de las reformas más importantes del comercio exterior colombiano en los últimos años, es una normativa que busca reemplazar un sistema que se tiene por excesivamente rígido por uno más proporcional que diferencie los errores de buena fe de las conductas fraudulentas, que fomente la seguridad jurídica y posibilite el cumplimiento voluntario de las obligaciones aduaneras, sin debilitar las facultades de control de la DIAN.
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