Debido a los altos índices de inseguridad que aquejan el país, los ciudadanos se han visto obligados a implementar mecanismos que le permitan “prevenir” el ser víctimas de los delincuentes y entre esas herramientas se encuentran la instalación de cámaras de seguridad para sus viviendas y/o establecimientos comerciales, pero existen unas obligaciones para quienes tienen cámaras de seguridad, tema que trataremos a continuación.
¿Se pueden instalar cámaras de seguridad en las viviendas y/o establecimientos comerciales?
Sí, a los ciudadanos no se les prohíbe instalar cámaras de seguridad como ayuda para vigilar los diferentes espacios de sus viviendas o establecimientos comerciales, pero las imágenes captadas por estos dispositivos pueden ser requeridas por las autoridades judiciales para fines probatorios dentro de una investigación o proceso judicial.
¿Qué señala la Fiscalía General de la Nación sobre las cámaras de seguridad instaladas por personas particulares?
- La Fiscalía General de la Nación ha señalado que las grabaciones que se realicen en espacios públicos o en entradas es totalmente legal cuando lo que se pretende es garantizar la seguridad de esos espacios, pero deben ser usadas con responsabilidad.
- Asimismo, enfatizó que las grabaciones hechas con las cámaras de seguridad están reglamentadas por la Ley 1581 de 2012 (Protección de Datos Personales) y por el Código de Procedimiento Penal.
- Los ciudadanos pueden ser notificados por las autoridades policiales o judiciales (policía, Cuerpo Técnico de Investigaciones-CTI o Fiscalía), sin que se requiera la orden de un juez cuando se presenten circunstancias urgentes para atender un acto delincuencial, aportando las grabaciones de las cámaras de seguridad como pruebas en una investigación o proceso judicial, con el fin de evitar que se pierdan o alteren las evidencias.
¿Se requiere que la policía judicial presente la orden de un fiscal delegado para recopilar los videos de las cámaras de seguridad?
Sí, cuando no se trate de un caso urgente, la policía judicial debe presentar la orden del fiscal delegado para recopilar los videos de las cámaras de seguridad localizadas en el o los lugares de ocurrencia de los hechos delictivos y los ciudadanos, a su vez, deben brindar su colaboración con las autoridades.
¿Qué pasa si el ciudadano se niega a entregar las imágenes de sus cámaras de vigilancia?
En este caso, el fiscal puede acudir ante un juez de control de garantías y la persona puede ser acusada de obstrucción a la justicia.
¿Cuál es el procedimiento para la entrega de los videos de las cámaras de seguridad a las autoridades que los solicitan?
- Los videos no pueden ser alterados, manipulados, editados ni borrados.
- Se debe entregar una copia de seguridad en USB, CD o a través de la nube (almacenamiento en línea).
- Se debe pedir un recibo o constancia de haber entregado los videos.
- No se pueden difundir las imágenes en redes sociales u otros medios, con el fin de garantizar la protección de la privacidad de las personas que aparezcan en esos videos, porque se les pueden vulnerar sus derechos fundamentales.
¿A qué se expone el ciudadano que vulnera el derecho a la privacidad de un vecino por el uso indebido de sus cámaras de seguridad?
En este evento, la persona que realiza las grabaciones violando el derecho a la intimidad de otra persona o haciendo uso indebido de la información recolectada, puede verse sancionada administrativamente, pues la Superintendencia de Industria y Comercio puede imponer multas de hasta 2.000 SMMLV.
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