Dentro de la búsqueda de los colombianos para generar ingresos, el inicio de un emprendimiento requiere de muchas herramientas que pueden resultar un tanto costosas para quien no cuenta con los recursos necesarios; por ello, la búsqueda de un espacio adecuado es esencial para el desarrollo del negocio y uno de ellos es un local comercial que, para ajustarse al presupuesto, puede ser tomado en arriendo; de contar con recursos, puede realizar la compraventa de un local comercial.

 

¿Qué normas regulan el contrato de arrendamiento de local comercial?

 

Este tipo de contrato se rige por las mismas normas generales de nuestro Código Civil, aunque el Código de Comercio regula algunos aspectos propios que buscan proteger lo invertido por el comerciante o empresario, como por ej., cuando se estipula cláusula de renovación a favor del arrendatario, artículo 518 del Código de Comercio Colombiano.

 

¿Cuál es la formalidad del contrato de arrendamiento de local comercial?

 

El contrato de arrendamiento de local comercial puede estipularse verbalmente o por escrito, pero, por obvias razones, lo  recomendable es hacerlo por escrito y autenticado en notaría, pues con ello el notario da fe de su contenido y ninguna de las partes puede decir, posteriormente, que no estuvo de acuerdo con lo expresado en éste.

 

¿Cuáles son los requisitos para el arrendamiento de un local comercial?

 

Como requisitos legales:  Ser mayor de edad, no estar en proceso de quiebra, liquidación o insolvencia y no tener antecedentes penales, entre otros. 

  • Documentos: 
  • Fotocopia de las cédulas de identidad (documento) del arrendatario y del fiador. 
  • Certificación laboral o de ingresos del arrendatario y del fiador.
  • Certificado de tradición y libertad del inmueble objeto del arrendamiento.
  • Contrato de arrendamiento.

 

  • Requisitos financieros:
  • Contar con capacidad financiera para pagar el cánon de arriendo.
  • Tener un fiador que responda en caso de incumplimiento de las    obligaciones del arrendatario.

 

¿Cuál es el término de duración del contrato de arrendamiento de local comercial?

 

No hay una norma en los códigos civil y comercial que señale un término para la duración de este contrato, permitiendo que las partes acuerden el tiempo que les parezca mejor (meses o años).

 

¿Se puede prorrogar o renovar el contrato de arrendamiento de local comercial?

 

Sí,  tal como lo establece el artículo 518 del C. de Ccio., al determinar que este contrato puede ser prorrogado o renovado de mutuo acuerdo entre arrendador y arrendatario, pero si el arrendatario lleva 2 años o más tiene derecho a la renovación, salvo que se presenten las siguientes circunstancias: 

 

  • Que el arrendatario haya incumplido con el contrato.

 

  • Que el local comercial requiera ser reconstruido o reparado con obras esenciales por las cuales se debe desocupar, o porque será demolido por su estado de ruina, o para construir uno nuevo.
  • Que el dueño del inmueble arrendado lo necesite para su propia vivienda o para un establecimiento suyo, pero no puede ser una empresa igual o similar a la que tenía el arrendatario.

 

IMPORTANTE:  El artículo 522 del C. de Ccio. señala una  indemnización para el arrendatario por parte del arrendador, cuando   solicite desocupar el local y lo haga para iniciar un negocio igual al que desarrollaba el arrendatario, tema que tratamos en artículo anterior.

 

¿Cómo dar por terminado un contrato de arrendamiento de local comercial?

  • Porque expira el acuerdo pactado cuando no hay renovación.
  • Porque se da una causa legal o justa para terminarlo (incumplimiento del contrato).

¿Qué pasa si el arrendador da por terminado el contrato antes de la fecha estipulada para ello?

En este evento, el arrendador deberá indemnizar al arrendatario con un valor equivalente a tres cánones de arriendo (cuando no hay causa legal para ello), y si es el arrendatario quien lo da por terminado antes de la fecha señalada, debe pagar una penalización al arrendador correspondiente a un cánon de arriendo.

 

Para terminar, se recomienda contar con un seguro de arriendo que proteja a cada parte en el evento de daños al local comercial o imprevistos.

 

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