Cuando finaliza un contrato de prestación de servicios, es común que el contratista necesite demostrar la experiencia adquirida para participar en procesos de selección, licitaciones o acreditar su trayectoria profesional. En estos casos, el certificado de contrato de prestación de servicios se convierte en un documento de gran utilidad, a pesar que su expedición depende de la naturaleza del contratante y de las condiciones pactadas entre las partes.
¿Qué es el certificado de contrato de prestación de servicios?
El certificado de contrato de prestación de servicios es un documento expedido por el contratante a través del cual se deja constancia de que una persona natural o jurídica ejecutó un contrato de prestación de servicios, señalando aspectos como el objeto del contrato, el tiempo de ejecución, el valor de los honorarios y, cuando corresponda, el cumplimiento satisfactorio de las obligaciones.
¿Para qué sirve el certificado de contrato de prestación de servicios?
Este certificado permite al contratista acreditar experiencia profesional ante futuros contratantes, entidades públicas o privadas, instituciones financieras o en procesos de contratación estatal.
¿El contratante está obligado a expedir el certificado de contrato de prestación de servicios?
La respuesta depende de quién haya celebrado el contrato:
- Contratantes privados: En el sector privado no existe una norma que obligue expresamente al contratante a expedir un certificado de prestación de servicios, pero la obligación prevista en el numeral 7 del artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, que exige al empleador entregar una certificación laboral al finalizar el contrato, únicamente aplica a las relaciones laborales y no a los contratos de prestación de servicios.
Por esta razón, resulta recomendable incluir en el contrato una cláusula que establezca expresamente la obligación del contratante de expedir la certificación una vez finalice la ejecución contractual.
- Contratantes públicos: Cuando el contratante es una entidad estatal, el contratista puede solicitar la expedición del certificado mediante un derecho de petición, el cual deberá ser respondido dentro de los términos previstos por la ley para las solicitudes de documentos.
¿Qué información debe contener el certificado de contrato de prestación de servicios?
- Nombre o razón social del contratante.
- Número de identificación tributaria (NIT).
- Nombre completo e identificación del contratista.
- Número del contrato, cuando exista.
- Objeto del contrato.
- Fecha de inicio y de terminación.
- Valor total de los honorarios.
- Forma de pago, si se estima pertinente.
- Constancia de cumplimiento satisfactorio del contrato.
- Lugar y fecha de expedición.
- Firma, nombre y cargo de quien expide la certificación.
¿Qué no debe contener el certificado de contrato de prestación de servicios?
Al tratarse de un contrato de naturaleza civil o comercial, el certificado debe evitar utilizar expresiones propias de una relación laboral, tales como:
- Salario.
- Cargo desempeñado.
- Jornada u horario de trabajo.
- Jefe inmediato.
- Vinculación laboral.
- Subordinación.
Lo correcto es emplear términos como honorarios, objeto contractual, periodo de ejecución y cumplimiento del contrato, evitando generar indicios que puedan sugerir la existencia de una relación laboral encubierta.
¿Sirve para acreditar experiencia laboral?
Sí. El certificado constituye uno de los principales medios para demostrar la experiencia obtenida mediante contratos de prestación de servicios, especialmente en procesos de contratación pública, concursos de méritos y convocatorias donde se exige acreditar experiencia profesional vinculada con determinadas actividades.
¿Qué hacer si el contratante se niega a expedirlo?
Si se trata de un contratante privado, la expedición dependerá de lo pactado en el contrato o de la voluntad del contratante. En estos casos, el contratista puede solicitar formalmente la certificación y aportar otros documentos que acrediten la ejecución del contrato, como el contrato suscrito, cuentas de cobro, actas de recibo, informes o comprobantes de pago.
Cuando el contratante es una entidad pública, el certificado puede solicitarse mediante un derecho de petición, cuya respuesta debe darse dentro de los términos legales.
Para finalizar, a pesar que la legislación colombiana no obliga, en términos generales, a los contratantes privados a expedir un certificado de contrato de prestación de servicios, este documento resulta fundamental para acreditar la experiencia profesional del contratista. Por ello, es recomendable pactar su expedición desde la celebración del contrato y verificar que su contenido refleje adecuadamente la naturaleza civil o comercial de la relación contractual, evitando expresiones propias de un vínculo laboral.
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