DEPOSITO JUDICIAL

Muchas veces hemos escuchado el término depósito judicial dentro de un proceso judicial, pero no sabemos a ciencia cierta de qué se trata, por eso, nuestro tema de hoy será éste.

 

¿Qué es un depósito judicial?

 

Un depósito judicial se entiende como la cantidad de dinero que de conformidad con las disposiciones legales y vigentes debe consignarse a órdenes de los despachos de la Rama Judicial, las cuales se deben consignar en los bancos legalmente autorizados para tal efecto.”, artículo 1 de la Ley 66 de 1993.

 

Los depósitos judiciales son recursos que se deben consignar en una cuenta judicial, por orden de un Juez de la República, autoridades de policía, entes coactivos, policivos o de expropiación administrativa,  para pagar controversias judiciales, alimentos o arriendos, como garantía de un proceso judicial.

 

¿Qué es el título judicial?

 

Es el depósito judicial materializado, en físico, representado en un título valor que emite el Banco Agrario para entregarlo al consignante quien lo enviará al despacho judicial que exigió su creación y sólo se expiden títulos judiciales por concepto de Cauciones por Excarcelación, Prestaciones Laborales y Diligencias mediante remate.

 

¿Quiénes deben tener una cuenta judicial?

El Acuerdo 1676 de 2002 señala que todos los despachos judiciales, los Tribunales y las Altas Cortes deben tener una cuenta única judicial para manejar los depósitos que se constituyan en su despacho y, una vez que la cuenta sea abierta, el control, manejo y administración de los depósitos judiciales se hace a través del Portal web Transaccional del Banco Agrario de Colombia, dependiendo de si el despacho cuenta con un computador y conexión a internet.

 

¿En qué banco se hacen los depósitos judiciales?

Esta exclusividad la tiene el Banco Agrario (sociedad de economía mixta del orden nacional) que cuenta con un alto número de oficinas en más de 700 municipios en todo el país.

 

¿Cómo se constituye un depósito judicial?

 

  • El Juez ordena que se establezca un depósito judicial, incluso por razón de embargo, el cual se puede efectuar a través de los medios electrónicos que el banco tenga para tal fin.

 

  • Si se hace con cheque, el depósito se constituye dentro de los dos días hábiles siguientes a la fecha en que se consignó.

 

¿Cómo se retira el dinero del depósito judicial?

  • Reunir los documentos requeridos.
  • Presentarlos en la ventanilla  de depósitos judiciales del Banco Agrario.
  • Luego que el banco confirme la orden de pago le entrega el dinero al solicitante (por ej. un trabajador) que puede ser en cheque de gerencia, efectivo o en abono a cuenta en cualquier oficina del banco a nivel nacional, independiente de la localidad donde se encuentre ubicado el despacho judicial.

 

¿Qué pasa cuando la persona no solicita el depósito judicial?

Se puede generar mora por parte de la empresa, por lo cual es muy importante que la empresa notifique debidamente sobre la notificación al trabajador, cuando se trata de acreencias laborales, por ej.

 

¿Cómo reclamar un depósito judicial que ha prescrito?

La Ley 1743 de 2014,  “por la cual se establecen alternativas de financiamiento para la Rama Judicial”, no contempla esta figura de la reactivación, por lo que el Acuerdo PCSJA21-11731 de 2021 establece que pago del depósito se puede reactivar si así lo dispone el despacho judicial que ordenó su prescripción, mediante solicitud del reclamante.