Algunos puestos de trabajo ocasionan en los trabajadores una alta carga de estrés laboral que, a su vez, desencadenan dolencias que se convierten en una enfermedad laboral, tema del que hablaremos en nuestro artículo de hoy.

 

¿Qué es la enfermedad laboral?

El artículo 4 de la Ley 1562 de 2012 establece que: Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.” 

La enfermedad laboral es ocasionada por la exposición a factores de riesgo como son los biológicos, físicos, ergonómicos, químicos o psicosociales que se encuentran en el entorno laboral, manifestándose inmediatamente o en el transcurso del tiempo.

 

¿Cuáles son las categorías en las que se clasifican las enfermedades laborales?

  • Enfermedades psicosociales:  Por ej. estrés, ansiedad, depresión
  • Enfermedades dermatológicas: Dermatosis ocupacionales (Ej. dermatitis, cáncer de piel).
  • Enfermedades respiratorias: Por ej. Asbestosis, asma ocupacional.
  • Trastornos musculoesqueléticos: Por ej. Dolor de espalda por cargar elementos pesados.

 

¿Quién determina que una enfermedad es laboral?

El Gobierno Nacional  (Ministerio de Trabajo) mediante el Decreto 1477 de 2014 expidió la Tabla de Enfermedades Laborales.

 

¿Quién protege a los trabajadores en todo lo relacionado con las enfermedades laborales?

El Sistema General de Riesgos Laborales es el que protege a los trabajadores colombianos, pues al iniciar su contrato de trabajo se le debe afiliar a una Administradora de Riesgos Laborales (ARL), la cual le brinda un amparo asistencial y económico en el evento de una enfermedad laboral.

 

¿Cómo se reporta una enfermedad laboral?

  • El trabajador que sienta que está padeciendo una enfermedad generada por el tipo de trabajo que desempeña debe acudir ante su EPS o ante la ARL para que le realicen una evaluación médica.
  • Si la enfermedad es diagnosticada, el trabajador debe notificar a su empleador sobre este dictamen médico.
  • Tanto trabajador como empleador deben diligenciar el formato único de reporte de enfermedad laboral (FUREL) y detallar lo que le está sucediendo al trabajador, a la empresa y especificar la enfermedad del dictamen médico recibido.
  • El empleador remite este formato FUREL  a la respectiva ARL, a la EPS y al Ministerio de Trabajo dentro de los 2 días hábiles posteriores al día en que le fue diagnosticada la enfermedad.
  • La empresa conjuntamente con la ARL deben realizar una investigación para determinar las causas de la enfermedad y constituir las medidas necesarias para prevenir otros casos parecidos y luego enviarla a la ARL dentro de los 15 días posteriores al día en que se recibió el dictamen de la enfermedad.

 

El trabajador que padece una enfermedad laboral tiene derecho a que la EPS lo atienda y le brinde apoyo  médico, quirúrgico, farmacéutico y las terapias que sean necesarios para su rehabilitación.

Temas relacionados:

 

Licencias laborales

Sistema de seguridad social integral

Afiliación ARL independiente

Accidente laboral

 

Ir al contenido