HERENCIA FRAUDULENTA

by | May 26, 2026 | BLOG, DERECHO CIVIL, DERECHO DE FAMILIA, SUCESIONES

En nuestro país, el concepto de “herencia fraudulenta” hace referencia a las maniobras legales o materiales que se realizan para evitar futuros conflictos entre los herederos, excluir a herederos legítimos o para ocultar bienes de la masa sucesoral, lo cual puede ser sancionado  tanto por la vía civil como por la penal.  

 

¿Qué ha señalado la Corte Suprema de Justicia por la herencia fraudulenta?

La Alta Corte,  en Sala de Casación Civil,  Agraria y Rural, en Sentencia SC 419 de 2024, reiteró que las tácticas simuladas  entre familiares con el objetivo de sacar bienes de una futura herencia para favorecer a unos herederos y perjudicar a otros,  pueden ser  declaradas simuladas y anuladas judicialmente, incluso frente a terceros compradores que conocían del litigio.

 

¿Qué caso motivó que la Corte Suprema se pronunciara al respecto?

  • Un padre  que celebró una supuesta promesa de compraventa con algunos de sus hijos, desfavoreciendo a otros de ellos.  Los hijos beneficiarios de esta compraventa, posteriormente, venden el inmueble a terceros.
    • La Corte recordó que los legitimarios (herederos forzosos) pueden demandar la simulación cuando se usan contratos aparentes (ventas ficticias, donaciones disfrazadas o fideicomisos aparentes) para disminuir artificialmente la herencia.
  • Finalmente, la Corte ordenó devolver el bien a la masa sucesoral porque los supuestos hijos compradores sabían que existía una disputa judicial.

 

¿Qué implicaciones tiene esta sentencia en la práctica colombiana?

  • No es suficiente firmar una escritura para proteger un bien inmueble.
  • En caso de que se trate de una compraventa simulada, ésta se puede “caer” años después.
  • Los jueces pueden ordenar el reintegro del bien a la sucesión.
  • Si los terceros compradores tienen conocimiento del conflicto se exponen a perder el inmueble.
  • Igualmente, se pueden incluir frutos y ganancias producidas por esos bienes.

 

¿Un padre puede vender libremente sus bienes a uno de sus hijos?

Sí, pero la venta debe ser real, legítima y debe haber un verdadero pago del precio del bien inmueble por parte del hijo.

 

¿Los herederos pueden perder sus derechos definitivamente?

No necesariamente, pues la ley permite que éstos puedan ejercer acciones judiciales para que se declare la simulación, se proteja la legítima hereditaria, se anulen los negocios fraudulentos y se reintegren los bienes a la sucesión.

 

Para concluir, la Corte Suprema de Justicia volvió a aclarar que las ventas aparentes entre familiares no siempre son intocables y que cuando se presenta una “herencia fraudulenta” encaminada a perjudicar legitimarios o modificar la herencia, los jueces pueden declarar la simulación y ordenar que se reintegren los bienes a la masa sucesoral.

 

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