Desde el 15 de julio de 2026, Colombia finalizó la implementación gradual de la reducción de la jornada laboral semanal, pasando de 48 a 42 horas, conforme a la Ley 2101 de 2021, con lo cual se busca promover un mejor equilibrio entre la vida laboral y personal, sin disminuir el salario ni afectar los derechos adquiridos de los trabajadores.
¿En qué consiste la reducción de la jornada laboral?
La Ley 2101 de 2021 modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo para determinar que la jornada laboral ordinaria máxima será de 42 horas semanales, las cuales se podrán repartir de común acuerdo entre empleador y trabajador en cinco o seis días, garantizando que haya un día de descanso.
¿Cómo fue la implementación gradual de 42 horas?
La reducción se hizo de forma progresiva:
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- Desde el 15 de julio de 2023: 47 horas semanales.
- Desde el 15 de julio de 2024: 46 horas semanales.
- Desde el 15 de julio de 2025: 44 horas semanales.
- Desde el 15 de julio de 2026: 42 horas semanales.
¿Cuáles son las características de la jornada laboral de 42 horas?
- No disminuye el salario ni las prestaciones sociales.
- No afecta los derechos laborales adquiridos.
- Puede distribuirse en cinco o seis días de la semana.
- Debe existir un acuerdo entre empleador y trabajador sobre la distribución de la jornada.
- Siempre debe respetarse el día de descanso obligatorio.
- La reducción no cambia las reglas sobre horas extras, trabajo nocturno, dominical o festivo, aunque el valor de la hora ordinaria aumenta al disminuir la jornada máxima.
¿Cómo puede distribuirse la jornada laboral de 42 horas?
La ley no señala un número fijo de horas diarias. Algunas opciones son:
- Cinco días: aproximadamente 8,4 horas diarias.
- Seis días: aproximadamente 7 horas diarias.
Asimismo, pueden pactarse jornadas flexibles entre 4 y 9 horas diarias, siempre que el total semanal no supere las 42 horas y se cumplan los requisitos determinados por la ley
¿A quiénes aplica la jornada laboral de 42 horas?
- Trabajadores del sector privado regidos por el Código Sustantivo del Trabajo.
- Trabajadores de empresas estatales cuya relación laboral también se rige por dicho código.
¿A quiénes no aplica la jornada laboral de 42 horas?
- Servidores públicos con régimen especial.
- Contratistas por prestación de servicios.
- Personas vinculadas mediante contratos de naturaleza civil o comercial.
- Trabajadores de dirección, confianza y manejo, quienes cuentan con un régimen especial de jornada.
¿Qué aspectos son importantes para los empleadores sobre la jornada laboral de 42 horas?
- No pueden reducir el salario por la disminución de la jornada.
- Deben ajustar los horarios laborales para cumplir con el nuevo límite legal.
- La hora de almuerzo no hace parte de la jornada laboral, a menos que el empleador disponga lo contrario.
- El incumplimiento de la jornada máxima puede generar investigaciones y sanciones por parte del Ministerio del Trabajo.
La reducción definitiva de la jornada laboral a 42 horas semanales representa uno de los cambios más importantes del derecho laboral colombiano en los últimos años. Su implementación tiene como fin mejorar la calidad de vida de los trabajadores sin afectar su remuneración, al tiempo que exige a los empleadores reorganizar sus jornadas de trabajo tal como lo establece la ley, garantizando el cumplimiento de los derechos laborales y la continuidad de la productividad empresarial.
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