En los contratos es esencial que las partes acuerden las cláusulas que deben quedar estipuladas dentro de él para seguridad de los contratantes y la cláusula penal es una de ellas, tema de nuestro presente artículo.

 

¿Qué es la cláusula Penal?

 

El artículo 1592 del Código Civil Colombiano establece que: La cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena que consiste en dar o hacer algo en caso de no ejecutar o retardar la obligación principal.”

 

La cláusula penal hace las veces de garantía de cumplimiento del contrato y es una forma de asegurar anticipadamente los perjuicios que  se puedan ocasionar, por una o ambas partes,  con un eventual incumplimiento del contrato (la cláusula penal viene a ser la misma cláusula de incumplimiento).

 

¿Cuál es el objeto de la cláusula penal en un contrato?

 

La cláusula penal tiene como objeto penalizar o sancionar a la parte en el contrato que no cumpla con las obligaciones estipuladas en éste.

 

¿Cuáles son las características de la cláusula penal?

 

  • La cláusula penal es una obligación accesoria en el contrato.
  • La cláusula penal es una obligación condicional.
  • La obligación principal debe constituirse en mora para que opere la cláusula penal.
  • La cláusula penal es una liquidación contractual anticipada de los perjuicios ocasionados a una de las partes por el incumplimiento de la obligación principal de la otra parte.

 

¿Qué ventajas tiene pactar la cláusula penal en un contrato?

 

  • Sirve para presionar a las partes al cumplimiento de las obligaciones del contrato.

 

  • Se pueden anticipar los perjuicios ocasionados por ese incumplimiento.

 

  • La parte que sí cumplió no tiene que presentar pruebas que demuestren el perjuicio, ni probar la culpabilidad de la parte incumplida.

 

  • Se evita la discusión sobre el monto de los perjuicios ocasionados a la parte afectada por el incumplimiento de la otra.

 

¿Cómo se clasifica la cláusula penal?

 

  • Compensatoria: Su objeto es la compensación de los perjuicios ocasionados por el incumplimiento del contrato, es decir, su fin es resarcir, indemnizar, se estiman anticipadamente los daños que se lleguen a causar.


  • Moratoria: Su objeto es indemnizar a la parte perjudicada por la mora de la otra parte en cumplir las obligaciones del contrato.

 

¿En qué casos se acuerda la cláusula penal en los contratos?

 

  • Por incumplimiento de las obligaciones del contrato.
  • Por cumplimiento de manera imperfecta o defectuosa.
  • Por cumplimiento tardío o fuera del término fijado para ello.

 

¿Cuál es el valor que se pacta de cláusula penal en los contratos?

 

Las partes en virtud del principio de la autonomía de la voluntad para contratar pueden pactar libremente el valor de la cláusula penal, pero hasta el límite que la ley determina; de tal manera que es así como el artículo 1601 del Código Civil Colombiano, esencialmente, establece que la cláusula penal no puede ser mayor al 100% del negocio principal, para no caer en una cláusula penal enorme; mientras que el artículo 867 del Código de Comercio establece que la cláusula penal no puede ser mayor al monto de la prestación adeudada.

 

¿Se pueden pactar arras y cláusula penal en un contrato?

 

Sí, cláusula penal y arras son dos figuras jurídicas distintas, se deben colocar las cláusulas por separado y expresamente identificadas en el contrato.

 

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