Hay épocas en las cuales se incrementan las compras de productos y servicios en los distintos almacenes comerciales del país y una de las situaciones recurrentes es el cambio o devolución del mismo o , en otros casos, la solicitud de garantía por el daño o mal funcionamiento del producto, encontrándose, algunas veces, con la respuesta por parte del establecimiento que por no contar con la factura no se puede dar solución al reclamo.
¿Qué es la garantía?
Tal como señalamos en una anterior ocasión: “Es la obligación temporal, solidaria a cargo del productor y el proveedor, de responder por el buen estado del producto y la conformidad del mismo con las condiciones de idoneidad, calidad y seguridad legalmente exigibles o las ofrecidas. La garantía legal no tendrá contraprestación adicional al precio del producto.”, definición que encontramos en el glosario de la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, Ley 1480 de 2011, Estatuto del Consumidor.”
¿Se requiere de la factura y del empaque original del producto para reclamar su garantía?
Ha establecido el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011) que no se requiere la presentación en físico de la factura ni del empaque original del producto nacional o importado para que las personas en Colombia reclamen la garantía legal de un producto o servicio.
¿Qué le ha concedido la Ley al consumidor al adquirir un producto?
La Ley le otorga al consumidor la facultad de pedir al proveedor o productor del bien o servicio que está adquiriendo que le expida un documento (físico o electrónico) que dé constancia de la operación de consumo efectuada entre los dos.
¿Qué establece la Ley sobre la exhibición de la factura física o electrónica?
La legislación colombiana ha determinado que la exhibición de una factura o comprobante equivalente, físico o electrónico, no es un requisito para certificar los derechos señalados en el Estatuto del Consumidor (garantía).
¿Qué debe demostrar el consumidor que se ve afectado por la mala calidad del producto adquirido?
El consumidor que reclama la garantía debe demostrar que existe un defecto en el bien o servicio adquirido que no le permite disfrutar de las especificaciones y calidad de éste.
¿Qué debe hacer el garante del producto una vez lo reciba para responder por la garantía?
El garante del producto (productor o proveedor) debe expedir un comprobante de recibo del bien o servicio afectado en el cual describa los motivos específicos de la reclamación y entregarlo al consumidor.
¿Qué pasa si el proveedor o productor se niega a recibir la reclamación o expedir la constancia escrita de haberla recibido?
En este caso, el consumidor que reclama la garantía puede declarar bajo juramento la negativa del proveedor o productor, lo cual se tendrá como indicio grave en contra de éste e incurrir en las sanciones estipuladas por el Estatuto del Consumidor y, además, podrá ser multado por la Superintendencia de Industria y Comercio hasta por 2.000 mil SMMLV y verse sometido a un proceso jurisdiccional con multas hasta de 150 SMMLV.
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