Cuál es el trámite cuando un socio de una empresa que fallece deja deudas a favor del Estado colombiano y no se pueden localizar a los herederos?

Recordemos el escrito ¿Las deudas también se heredan?, donde nos señala que en algunas situaciones las obligaciones también se transfieren y por las cuales los herederos deberán responder. Se hace referencia a dicho escrito en razón al oficio 220-037134 del 30 de abril de 2019 emitido por la Superintendencia de Sociedades, que plantea una situación particular en donde un socio con deudas en favor de una institución pública fallece y se hace imposible encontrar a sus herederos. Al respecto, la primera interrogante que surge es:

¿Los herederos deberán asumir esa deuda en su totalidad?

No, en ningún momento los herederos deberán responder por todas las deudas ni muchos menos sacar dinero de su bolsillo para cancelarlas, serán los bienes que entren en la masa de herencia o sucesión los que van a servir como parte de pago. Los herederos pagaran esas deudas hasta donde alcancen dichos bienes.

¿Qué hacer si no se pueden localizar a los herederos del socio de la empresa?

Si después de cumplir todos los procesos legales, se hace imposible ubicar a al menos uno de los herederos legítimos, será necesario que un interesado acuda ante un Notario público o ante un Juez de la República para iniciar el proceso de sucesión.

¿Quién puede iniciar un proceso de sucesión?

Según el Oficio arriba citado, el artículo 1312 del Código Civil establece quienes estarán legitimados para solicitar la apertura de un proceso de sucesión. Entiéndase:

“…el albacea, el curador de la herencia yacente, los herederos presuntos testamentarios o abintestato, el cónyuge sobreviviente, los legatarios, los socios de comercio, los fideicomisarios y todo acreedor hereditario que presente el título de su crédito”.

En el caso descrito, ¿Quién de los arriba mencionados sería el más idóneo para iniciar el proceso?

Ante la imposibilidad de contactar a los herederos, el interesado más idóneo sería uno o una de los socios de la empresa, y no sólo por la deuda, también para establecer el futuro de los bienes y acciones de la empresa que haya dejado el socio fallecido.

¿Qué ocurre después de iniciada la sucesión?

Una vez iniciado el proceso por ese o esa socia interesada, podrán comparecer ante el juez del proceso de sucesión todos aquellos acreedores del difunto con la intención de que sean saldadas sus deudas a través del litigio.

Por último, ¿Cómo se procede en el caso de la deuda con la entidad pública?

Igualmente, como acreedor interesado, podrá asistir ante el Juez del proceso aquella persona que actúe en representación de la institución del Estado colombiano a la que el socio fallecido le quedó en deuda.

Obviamente, se seguirán todos los procesos legales estipulados por las leyes hasta que se logren saldar las deudas.

LOS SINDICATOS

Como hemos señalado, el tema de los sindicatos en nuestro país es controvertido por la recurrencia y el continuo crímen de sindicalistas, así como  por el abuso de este derecho de asociación por parte de muchos trabajadores que se sienten amparados bajo esta figura....

read more

LICENCIAS REMUNERADAS

Con la reforma laboral, Ley 2466 de 2025, se incorporaron unas licencias obligatorias y, además, remuneradas y se ampliaron unas que se encontraban vigentes, ajustando su redacción,  por lo que en nuestro presente artículo hablaremos sobre las licencias remuneradas....

read more

DERECHO DE PETICION

El derecho de petición es uno de los  derechos fundamentales, así lo señalamos en uno de nuestros artículos,  artículo 23 de la Constitución Política, mecanismo para que se le reconozca un derecho, que se le solucione una situación legal, la intervención de un...

read more

DERECHOS FUNDAMENTALES

Los derechos fundamentales son una evolución de los derechos humanos que el Estado tiene la obligación de respetar y hacer respetar para proteger la dignidad humana, la libertad, la vida, la igualdad y la intimidad.   ¿Qué son los derechos fundamentales? “Son las...

read more

SEGURO DECENAL PARA VIVIENDA NUEVA

Aunque para muchos desconocido, a partir del 1o. de julio pasado es obligatorio el seguro decenal para vivienda nueva, tema que trataremos a continuación.   ¿Qué es el seguro decenal? “La póliza cubre a los propietarios de los inmuebles nuevos ante el riesgo de...

read more

EL HABEAS DATA

El hábeas data es un derecho fundamental consagrado y protegido por nuestra Constitución Política en su artículo 15 para que las personas conozcan, actualicen y rectifiquen la información que entidades públicas y privadas recolectan sobre ellas.   ¿Qué es el...

read more

BIOMETRIA

La biometría es un mecanismo que se ha ido implementando en muchas de las entidades de los diferentes sectores del país (financiero, notarial, salud, gubernamental, etc.), con el fin de mejorar la seguridad mediante la verificación de identidad física o...

read more

QUE REGIMEN PENSIONAL ME CONVIENE

  Con la reforma pensional muchos de los que aspiran a contar con una pensión para sostenerse en su vejez se preguntan si les conviene continuar en el régimen de la transición o acogerse  a lo establecido con la nueva legislación,  por lo que en nuestro artículo...

read more
Ir al contenido