REGISTRO DE DEUDORES ALIMENTARIOS MOROSOS (REDAM)

by | Abr 21, 2026 | ALIMENTOS, BLOG, DERECHO CIVIL, DERECHO DE FAMILIA

En un artículo anteriorMenores que ya no requieren permiso de ambos padres”, expusimos que el progenitor que se encuentre inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM) posibilita al otro padre o madre para que viaje fuera del país con el menor de edad, hoy hablaremos sobre este registro.

 

¿Qué es el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM)?

El Registro de Deudores Alimentarios Morosos – REDAM, es un mecanismo de control creado por el Gobierno Nacional a través de la Ley 2097 de 2021, que busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones para todas las personas que hayan suscrito títulos alimentarios.”

El REDAM es una base de datos donde se inscribe a todo aquel que no cumpla con el sustento de sus hijos menores.

 

¿Por qué ingresan a una persona al REDAM?

  • Porque debe 3 cuotas alimentarias consecutivas o
  • Debe 5 cuotas alimentarias no consecutivas.

PERO: previamente debe haber una obligación legal como un acta de conciliación, una sentencia judicial o un acuerdo aprobado por la autoridad competente.

 

¿Qué consecuencias genera estar inscrito en el REDAM?

  • La persona no puede contratar con el Estado.
  • Queda impedido para otorgar permiso a su hijo menor para salir del país.
  • No puede posesionarse en cargos públicos.
  • Se le restringe el acceso a créditos.
  • Se le imposibilita realizar trámites financieros.
  • Puede verse impedido para salir del país.
  • Ser reportado negativamente ante las entidades financieras.

 

¿Quién es competente para realizar el registro de una persona en el REDAM?

  • Un juez de la República.
  • Una autoridad competente como el Comisario de Familia.

 

¿Cómo puede una persona salir del REDAM?

La persona afectada con esta inscripción en el REDAM puede pagar la deuda totalmente o hacer un acuerdo de pago y cumplirlo, para que, así, la autoridad ordene la cancelación de este registro.

 

¿Cuál es el trámite para pedir la inscripción de una persona en el REDAM?

  • Verificar que se cumplan los requisitos ya descritos.
  • Reunir pruebas que demuestren el incumplimiento, tales como:
    • Certificación o relación de cuotas adeudadas.
    • Copia del acta de conciliación o de la sentencia.
    • Extractos, consignaciones o pruebas de no pago.
  • Se debe presentar la solicitud del registro ante la autoridad competente que conozca del caso (Comisaría de familia o Juez de familia.
  • Se debe radicar una solicitud formal de la inscripción, en la cual aparezca la identidad, número de documento, el número de proceso, la relación de cuotas y la petición expresa de la inscripción).
  • Si el funcionario verifica que hay incumplimiento puede, en algunos casos, correr el traslado y expide un auto ordenando la inscripción el la base de datos de REDAM.

 

¿Cómo hacer el seguimiento para saber si la persona cumplirá con la obligación alimentaria?

El REDAM es usado como una herramienta de presión, pero se pueden solicitar, para mejor resultado:

  • Incidente de desacato
  • Embargos
  • Denunciar penalmente por Inasistencia Alimentaria.

 

¿Puede inscribirse a una persona jurídica en el REDAM?

No, en el REDAM sólo se inscriben a personas naturales.

 

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