Dentro de las posibilidades que tiene el deudor para pagar su obligación al acreedor,  nuestro código civil señala el  pago por consignación, (forma de extinguir las obligaciones) tema que trataremos a continuación.

 

¿Qué es la consignación?

Depósito de cosas ante el órgano judicial para extinguir una obligación, evitar una determinada decisión judicial o cumplir su contenido.

Usualmente, se hace la consignación  de una suma de dinero en una cuenta bancaria en favor de una persona para que la retire cuando así lo decida y  pueda hacer uso de ella.

 

¿En qué consiste el proceso de pago por consignación?

Lo que origina que se deba acudir a un proceso de pago por consignación es la negativa del acreedor de la obligación a  recibir la suma de dinero de parte del deudor, por ej., el arrendador que se niega a recibir el pago del canon de arrendamiento que el deudor le está entregando

 

¿Por qué hace esto el acreedor?

El acreedor se niega a recibir el dinero porque busca constituir en mora al deudor y, en nuestro ejemplo del contrato de arrendamiento, acusar al arrendatario de incumplimiento del contrato y tener motivo para desalojarlo del inmueble arrendado.

 

¿Cómo evitar que el acreedor se salga con la suya?

El Código Civil Colombiano a partir del artículo 1656  regula el pago por consignación.

 

¿De qué se trata este pago por consignación?

El Código Civil Colombiano regula el pago por consignación a partir de su artículo 1656: Para que el pago sea válido no es menester que se haga con el consentimiento del acreedor; el pago es válido aún contra la voluntad del acreedor, mediante la consignación.”

El artículo 1657 del mismo código define lo que es el pago por consignación señalando que la consignación es el depósito de lo que se debe y que se hace por razón del rechazo del acreedor a recibirlo, y con las formalidades necesarias, en poder de una tercera persona.

 

¿Sobre qué tipo de obligaciones aplica el pago por consignación?

  • Sumas de dinero
  • Otra cosa mueble
  • Entrega de un bien inmueble

 

¿En qué casos se hace el pago por consignación?

  • Cuando el acreedor se niega a tomar el ofrecimiento de pago por parte del deudor.
  • Cuando el acreedor está ausente o se encuentra incapacitado para recibir el pago.
  • Cuando varias personas dicen tener el derecho para cobrar.
  • Cuando se ha extraviado el título donde consta la obligación.

 

¿Cuáles son los requisitos del pago por consignación?

Como ya lo mencionamos, el pago por consignación es un proceso civil que se adelanta ante un juez de la República  (donde primero se ofrece el pago al acreedor y si éste lo rechaza sigue la consignación) y debe reunir los requisitos del artículo 1658 del Código Civil Colombiano:

  • Que quien ofrece el pago sea una persona capaz.
  • Que el pago se haga al acreedor (o a su representante), quien debe ser capaz de recibirlo.
  • Que se haya vencido el plazo o que se haya cumplido la condición de la obligación.
  • Que el deudor ofrezca el pago en el lugar donde lo debe.
  • El deudor debe ofrecer el pago al acreedor mediante un escrito dirigido al juez encargado del proceso.
  • Dar traslado del escrito al acreedor o representante de éste.

 

¿En qué momento se hace el pago por consignación?

Cuando el juez del proceso así lo ordena o autoriza y este procedimiento se encuentra regulado por el artículo 381 de nuestro Código Gral. del Proceso.

 

Esto es, a grandes rasgos, el proceso de pago por consignación.

 

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