Como hemos señalado, en el área de los contratos existen distintas figuras jurídicas de las que pueden hacer uso las partes en distintas circunstancias y hoy nos referiremos a la rescisión del contrato.

 

¿Qué es rescindir?

 

“Cesar la validez de un contrato, acuerdo u obligación; quedar sin efecto un contrato.” 

 

Es decir, se puede dejar sin efecto un contrato cuando éste presenta un vicio o no cuenta con la formalidad que se exige para que sea válido; tengamos presente que el contrato se rescinde no por incumplimiento de alguna de las partes, sino por causas que surgieron al momento de nacer el contrato, por ej., una simulación.

 

¿En qué consiste la rescisión del contrato?

 

La rescisión de contratos es la declaración judicial que deja sin efectos al contrato, genera la ineficacia de éste luego de su celebración, a pesar que el contrato fue válido totalmente en algún momento; por lo que puede declararse ineficaz por los efectos negativos para una de las partes o para un tercero.

 

¿Al rescindir un contrato se dejan sin efecto las obligaciones originadas en el contrato?

 

No necesariamente, y lo vamos a explicar con un breve ejemplo: En un contrato de compraventa donde se ha pagado una parte del precio del objeto, sin que éste haya sido entregado o ya se haya transferido, pero resulta rescindido este contrato, al rescindir el contrato quien compró el objeto tiene el derecho a que se le reintegre la parte del dinero que ya pagó y el vendedor está obligado a devolverlo.

 

¿Cuándo se puede rescindir un contrato?

Hay que tener en cuenta que en Colombia se rescinde un contrato por lesión enorme declarada judicialmente, cuando hay un contrato simulado, o por existencia de vicios ocultos, entre otros más.

¿Cuál es la parte que puede solicitar válidamente la rescisión del contrato?

  • Cualquiera de las partes está legitimada para demandar la rescisión del contrato, esencialmente quien no tiene mayor interés en conservar el contrato, pues la parte que se beneficia del mismo no cuenta con los motivos para pedirla, por obvias razones.
  • En algunas ocasiones, la rescisión la puede solicitar un tercero que se ha visto afectado en sus intereses contractuales, por ej., un heredero, un cónyuge que considera que el contrato es simulado, una compraventa, una donación, una permuta.

 

¿Cuándo no se puede demandar la rescisión del contrato?

No es posible la rescisión del contrato cuando éste es válido totalmente.

 

¿Qué efectos produce la rescisión del contrato?

  • La extinción del contrato, provocando efectos retroactivos y suspendiendo los efectos futuros de éste.
  • El contrato no existe, por lo tanto, se deben hacer las restituciones entre las partes a que haya lugar.
  • En la rescisión del contrato, usualmente, no hay lugar a cláusulas penales o de incumplimiento.

 

¿Cuáles son las diferencias entre rescisión, nulidad y resolución del contrato?

  • La rescisión se fundamenta en contratos que en principio son válidos, pero que resultan ineficaces por contrariar una norma legal como, por ej., la lesión enorme.
  • La nulidad se presenta cuando el contrato se celebra sin el cumplimiento de requisitos esenciales para su validez, por ej., ser firmado por una persona incapaz, tener un objeto ilícito, etc.
  • La resolución se da por incumplimiento de una de las partes.

 

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