En Colombia existen leyes para todo y una de ellas es la Ley  1920 de 2018, denominada la Ley del Vigilante, la cual establece las normas a seguir por parte de las empresas de seguridad y vigilancia para con sus trabajadores.

 

¿Cuál es el objetivo de la Ley del Vigilante?

El objetivo de la Ley del Vigilante es la creación de un “marco jurídico para el ejercicio de la inspección, control y vigilancia sobre las cooperativas especializadas de vigilancia y seguridad privada”.

Esta Ley contiene toda la normatividad que deben seguir quienes trabajen en este oficio, regula la ejecución eficiente del trabajo del personal operativo de vigilancia, señala los derechos y beneficios de los trabajadores en seguridad y determina los incentivos para las empresas de vigilancia, para eliminar la distancia entre el género femenino y masculino en la realización de este oficio.

 

¿Cuáles son los incentivos para las empresas de vigilancia?

El artículo 6 de la Ley del Vigilante establece los beneficios por vincular mujeres, personas mayores o en condición de discapacidad:

  • Los incentivos consisten en una puntuación adicional en los procesos de licitación pública, concurso de méritos y contratación directa para las empresas de este sector y/o las cooperativas especializadas de vigilancia y seguridad privada que en su nómina cuente con mujeres, personas mayores de 45 años y/o personas con discapacidad que deben vincularse con todas las garantías legales.
  • Asimismo, para las empresas y cooperativas de vigilancia privada que incrementen dentro de sus trabajadores operativos en contratos celebrados con entidades no estatales, la cantidad de mujeres, personas mayores de 45 años y/o personas con discapacidad, vinculadas con todas las garantías de ley.
  • Reconocimiento de los derechos laborales: Todos los trabajadores vinculados a cooperativas de vigilancia serán favorecidos con todos los derechos laborales como cesantías, primas, vacaciones, aportes a salud, pensión, etc.
  • Seguro de vida colectivo para los empleados:  Anualmente,  las empresas de seguridad privada o que prestan servicios de vigilancia deben contratar un seguro de vida que ampare a todos los empleados durante las 24 horas del día.
  • Certificado de aptitud psicofísica: Todas las personas naturales que se vinculen a los servicios de vigilancia y seguridad privada deben contar con un certificado de aptitud psicofísica para el porte y tenencia de armas de fuego, debe ser renovado cada año y obtener en cualquier IPS del país.
  • Jornadas de trabajo:  Por acuerdo previo entre el empleador y los trabajadores del sector vigilancia, éstos laborarán un tiempo máximo de 12 horas, es decir, 8 horas diarias más la jornada suplementaria no superior a 4 horas, sin exceder de 60 horas semanales.
  • Día nacional de la vigilancia y la seguridad privada: El día 26 de noviembre de cada año se celebra el Día Nacional de la Vigilancia y la Seguridad Privada en el país.

 

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