REDUCCION DE SANCIONES DE LA DIAN

by | Mar 24, 2026 | BLOG, DERECHO TRIBUTARIO, DIAN, IMPUESTOS

La declaración de emergencia económica, social y ecológica declarada por el Gobierno del Presidente Petro ha generado muchas medidas que no a todos nos han gustado, pero hay otras, como la reducción de sanciones de la DIAN que facilitan el pago de esas deudas a los ciudadanos.

 

¿Cuáles son esas medidas para la reducción de sanciones de la DIAN?

El Decreto 0240 del 12 de marzo de 2026 señala unas medidas  transitorias que le permiten a los ciudadanos (personas naturales y jurídicas) reducir las sanciones, ajustar intereses y abrir espacios de conciliación con la DIAN.

 

¿Qué tipos de obligaciones se pueden reducir?

Obligaciones tributarias, aduaneras o cambiarias en mora a 31 de diciembre de 2025.

 

¿Cómo se puede acceder a estos beneficios?

Para obtener estos beneficios, el contribuyente en mora debe hacer el pago total de su obligación principal, así como las sanciones e intereses reducidos, desde la fecha en la que entra en vigor esta norma hasta el 30 de abril de 2026, así:  

  • Pagar el 100% de la obligación tributaria, aduanera o cambiaria.
  • Pagar los intereses moratorios liquidados a la tasa del 4.5%, tal como lo señala el artículo 635 del Estatuto Tributario.
  • Pagar los intereses moratorios liquidados a la tasa del 4.5%, tal como lo establece el mismo artículo.
  • Pagar el 15% del valor total de las sanciones y de su actualización, condicionado a que el monto no sea menor a la sanción mínima actual del año gravable en que se determinó.

 

¿Qué otros beneficios se otorgan?

Este decreto también posibilita que los títulos mencionados en el artículo 828 del Estatuto Tributario (Liquidaciones privadas y sus correcciones, liquidaciones oficiales ejecutoriadas, los demás actos de la Administración de Impuestos ejecutoriados, las garantías y cauciones tributarias, las sentencias y demás decisiones jurisdiccionales ejecutoriadas que decidan sobre las demandas de impuestos), en los que se haya establecido una sanción, puedan ser cancelados bajo las mismas reglas, pero cumpliendo con los requisitos respectivos.

 

¿Qué pasa con los contribuyentes que tienen facilidades o acuerdos de pago vigentes?

Estos contribuyentes también se pueden favorecer con estos beneficios, pero sólo respecto de los saldos adeudados que estén vigentes al momento de entrar en vigor este decreto.

 

¿Qué otras facilidades otorga este Decreto?

Este Decreto también otorga alternativas para los contribuyentes que no hayan presentado sus declaraciones tributarias (omisos)  o para quienes deban corregirlas, pudiendo radicar la declaración pendiente o ajustar la que ya presentaron y pagar el impuesto respectivo.

En estos casos, también se hace una reducción en la sanción, exigiendo el pago del 15% del valor frecuentemente señalado.

 

Para obtener esta reducción de sanciones de la DIAN, los contribuyentes deben regularizar su situación fiscal aprovechando estos beneficios excepcionales, para que el Gobierno Nacional pueda contar con los recursos para financiar las acciones tendientes a atender la emergencia económica, social y ecológica.

 

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