INCENTIVOS POR CONTRATAR MAYORES DE 50 AÑOS

by | Oct 13, 2026 | BLOG, CONTRATO LABORAL, DERECHO LABORAL

Las empresas colombianas pueden obtener incentivos económicos y tributarios por contratar mayores de 50 años que cumplan determinadas condiciones y que están orientadas a la promoción del empleo formal, a aprovechar la experiencia laboral y reducir las barreras de acceso al mercado de trabajo por motivos de edad.

 

¿En qué consisten los incentivos por contratar mayores de 50 años?

  • La Alcaldía Mayor de Bogotá, mediante la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, puso en marcha el programa Talento +50, dirigido a micro y pequeñas empresas que contribuyan a conservar empleos formales de personas mayores de 50 años.
  • El incentivo económico es un pago único a la empresa beneficiaria de $1.300.000 por cada contrato laboral postulado y aprobado. 
  • Las microempresas pueden postular hasta cinco contratos y las pequeñas empresas hasta diez,  previo cumplimiento de las condiciones establecidas en la convocatoria.
  • En Bogotá, el programa Talento +50  es quien ofrece  este incentivo económico para las empresas, se espera una nueva convocatoria. 
  • A nivel nacional, la Ley 2040 de 2020  establece beneficios tributarios para empleadores que contraten personas mayores no pensionadas y cumplan con los requisitos legales.

 

¿Qué incentivos pueden recibir las empresas por contratar mayores de 50 años? 

A nivel nacional existe la deducción tributaria por contratar adultos mayores, de acuerdo a lo señalado por el artículo 2 de la Ley 2040 de 2020, que contempla una deducción del 120 % de los salarios y prestaciones sociales pagados a ciertos trabajadores mayores que cumplan los requisitos legales, permitiendo reducir la base gravable del impuesto sobre la renta y sin que represente  un pago directo del Gobierno a la empresa.

 

¿Cuáles son los requisitos para que las empresas accedan a este incentivo?

  • Ser contribuyente obligado a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
  • Contratar personas que hayan alcanzado la edad legal de pensión.
  • Que los trabajadores no sean beneficiarios de pensión de vejez, pensión familiar o pensión de sobrevivientes, según la ley.
  • Mantener la vinculación laboral por lo menos un año. 
  • Cumplir el porcentaje mínimo de trabajadores que reúnan las condiciones exigidas, es decir el 2,5 % de la planta de personal para empleadores con menos de 100 trabajadores, con incrementos progresivos hasta un máximo del 5 %.
  • Acreditar el cumplimiento de los requisitos y conservar los soportes necesarios para aplicar el beneficio tributario.

 

¿La deducción se aplica automáticamente al contratar a una persona mayor de 50 años?

No, la deducción no se aplica automáticamente por contratar a una persona mayor de 50 años. La edad  requerida es la señalada  legalmente para acceder a la pensión de vejez y el cumplimiento de las demás condiciones.

 

Para terminar, los incentivos por contratar mayores  de 50 años pueden representar una oportunidad para las empresas y favorecer la inclusión laboral, pero para acceder a ellos se requiere verificar la edad y las condiciones de los trabajadores, cumplir los requisitos legales y comprobar que el programa económico al que se pretende acudir tenga una convocatoria vigente.

 

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