Las empresas colombianas pueden obtener incentivos económicos y tributarios por contratar mayores de 50 años que cumplan determinadas condiciones y que están orientadas a la promoción del empleo formal, a aprovechar la experiencia laboral y reducir las barreras de acceso al mercado de trabajo por motivos de edad.
¿En qué consisten los incentivos por contratar mayores de 50 años?
- La Alcaldía Mayor de Bogotá, mediante la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, puso en marcha el programa Talento +50, dirigido a micro y pequeñas empresas que contribuyan a conservar empleos formales de personas mayores de 50 años.
- El incentivo económico es un pago único a la empresa beneficiaria de $1.300.000 por cada contrato laboral postulado y aprobado.
- Las microempresas pueden postular hasta cinco contratos y las pequeñas empresas hasta diez, previo cumplimiento de las condiciones establecidas en la convocatoria.
- En Bogotá, el programa Talento +50 es quien ofrece este incentivo económico para las empresas, se espera una nueva convocatoria.
- A nivel nacional, la Ley 2040 de 2020 establece beneficios tributarios para empleadores que contraten personas mayores no pensionadas y cumplan con los requisitos legales.
¿Qué incentivos pueden recibir las empresas por contratar mayores de 50 años?
A nivel nacional existe la deducción tributaria por contratar adultos mayores, de acuerdo a lo señalado por el artículo 2 de la Ley 2040 de 2020, que contempla una deducción del 120 % de los salarios y prestaciones sociales pagados a ciertos trabajadores mayores que cumplan los requisitos legales, permitiendo reducir la base gravable del impuesto sobre la renta y sin que represente un pago directo del Gobierno a la empresa.
¿Cuáles son los requisitos para que las empresas accedan a este incentivo?
- Ser contribuyente obligado a presentar declaración del impuesto sobre la renta y complementarios.
- Contratar personas que hayan alcanzado la edad legal de pensión.
- Que los trabajadores no sean beneficiarios de pensión de vejez, pensión familiar o pensión de sobrevivientes, según la ley.
- Mantener la vinculación laboral por lo menos un año.
- Cumplir el porcentaje mínimo de trabajadores que reúnan las condiciones exigidas, es decir el 2,5 % de la planta de personal para empleadores con menos de 100 trabajadores, con incrementos progresivos hasta un máximo del 5 %.
- Acreditar el cumplimiento de los requisitos y conservar los soportes necesarios para aplicar el beneficio tributario.
¿La deducción se aplica automáticamente al contratar a una persona mayor de 50 años?
No, la deducción no se aplica automáticamente por contratar a una persona mayor de 50 años. La edad requerida es la señalada legalmente para acceder a la pensión de vejez y el cumplimiento de las demás condiciones.
Para terminar, los incentivos por contratar mayores de 50 años pueden representar una oportunidad para las empresas y favorecer la inclusión laboral, pero para acceder a ellos se requiere verificar la edad y las condiciones de los trabajadores, cumplir los requisitos legales y comprobar que el programa económico al que se pretende acudir tenga una convocatoria vigente.
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