Como hemos dicho en artículos relacionados con el contrato de arrendamiento, dentro de las cláusulas de éste debe estipularse si se le permite la cesión del contrato al arrendatario o no, por lo que nuestro tema de hoy es la cesión del contrato de arrendamiento.

 

¿Qué es la cesión del contrato?

La cesión de contrato es la transferencia de los derechos y deberes de una persona a otra persona o a una entidad, adquiridos mediante un acuerdo realizado anteriormente (contrato) con un tercero.”

 

¿Qué es la cesión del contrato de arrendamiento?

La cesión del contrato de arrendamiento es la sustitución de derechos y obligaciones que una o varias personas hacen, generalmente,  del arrendatario, trasladando a ellas todos los derechos y deberes de éste.

 

¿Es válido hacer cesión del contrato de arrendamiento?

La cesión del contrato de arrendamiento se encuentra regulada por el artículo 2004 de nuestro Código Civil, así: El arrendatario no tiene la facultad de ceder el arriendo ni de subarrendar, a menos que se le haya expresamente concedido; pero en este caso no podrá el cesionario o subarrendatario usar o gozar de la cosa en otros términos que los estipulados con el arrendatario directo.”

Asimismo, el artículo 17 de la Ley 820 de 2003, Ley de arrendamiento de vivienda urbana, señala que: “El arrendatario no tiene la facultad de ceder el arriendo ni de subarrendar, a menos que medie autorización expresa del arrendador…”

La cesión del contrato de arrendamiento es un proceso legal que requiere de la aprobación escrita del arrendador, pues debe verificar que el cesionario (tercero al que se le hace la cesión del contrato) cuente con los requisitos de capacidad económica que le permita pagar el canon de arrendamiento del inmueble.

 

¿Qué pasa si el contrato de arrendamiento está protegido a través de una póliza de seguros?

En este caso, la respectiva aseguradora debe dar su consentimiento para la cesión del contrato de arrendamiento.

 

¿Cómo se hace la cesión del contrato de arrendamiento por parte del arrendador?

  • El arrendador no requiere autorización para hacer cesión del inmueble que es de su propiedad.
  • La cesión por parte del arrendador puede darse por la venta del inmueble y que el nuevo propietario quiera continuar el contrato de arrendamiento con el mismo arrendatario.
  • Se puede hacer cesión del contrato de arrendamiento a la persona  titular que realiza el embargo de la propiedad.
  • Esta cesión debe notificarla por escrito el propietario de la vivienda (cedente) al arrendatario con una antelación de, mínimo, 30 días antes de la cesión.

 

¿Cómo se hace la cesión del contrato de arrendamiento por parte del arrendatario?

  • El arrendatario hace cesión del contrato por razones económicas (se quedó sin trabajo), viaje repentino a otra ciudad o país, entre otras más.
  • El arrendatario (cedente) requiere la autorización escrita del arrendador antes de hacer la cesión del contrato a un tercero (cesionario), la cual puede hacerse mediante un otrosí al contrato de arrendamiento o a través de un documento nuevo.
  • Esta cesión se debe hacer de manera formal y registrada para prevenir problemas.
  • Lo recomendable es que el arrendador acepte la cesión del contrato cuando haya verificado que el nuevo arrendatario cumple las condiciones requeridas para contratar.

 

La cesión del contrato de arrendamiento se hace mediante un contrato específico entre el arrendatario inicial (cedente) y el nuevo inquilino (cesionario), precisando los términos del contrato de arrendamiento primario.

 

 

Temas relacionados:

 

Cesión de crédito

 

Cesión de derechos

 

error: Content is protected !!
Ir al contenido