En varios de nuestros artículos nos hemos referido a la posesión en diferentes áreas, así como de la posesión regular e irregular, y en nuestro artículo de hoy hablaremos sobre la posesión viciosa.
¿Qué es la posesión viciosa?
El Código Civil colombiano no la define como tal, pero sí hace referencia a ella en el artículo 774 al señalar que: “Existe el vicio de violencia, sea que se haya empleado contra el verdadero dueño de la cosa, o contra el que la poseía sin serlo, o contra el que la tenía en lugar o a nombre de otro.
Lo mismo es que la violencia se ejecute por una persona o por sus agentes, y que se ejecute con su consentimiento, o que después de ejecutada se ratifique expresa o tácitamente.
Posesión clandestina es la que se ejerce ocultándola a los que tienen derecho para oponerse a ella.”
La posesión viciosa se considera como tal cuando el bien es adquirido con violencia y cuando es clandestina, así lo establece el artículo 771 del Código Civil colombiano.
¿Cuándo es violenta la posesión?
El artículo 772 del Código Civil colombiano establece que la posesión es violenta cuando se usa la fuerza (actual o inminente) para quitarle al propietario la cosa, a quien la estaba poseyendo y cuando se coacciona a quien la poseía a nombre de otro para que deje de poseerla.
¿Cuándo es clandestina la posesión?
En el inciso final del artículo 774 del Código Civil colombiano, ya mencionado anteriormente, se determina que la posesión es clandestina cuando la posesión se ejecuta en forma secreta, hay un ocultamiento ante las personas que tienen el derecho para resistirse a ella, se esconde la posesión al verdadero propietario con la intención de que no pueda reclamarla.
¿La posesión viciosa es lo mismo que la posesión irregular?
No, la posesión viciosa y la posesión irregular son diferentes, pues la posesión irregular no se deriva de un justo título, no fue adquirida de buena fe; mientras que la posesión viciosa no está vinculada con la calidad del título, sino con la manera en que la posesión fue obtenida, es decir, si fue clandestina, violenta o si tuvo una combinación de ambas.
¿Cuáles son las consecuencias legales para quien ha ejercido una posesión viciosa?
El legislador no estableció en forma precisa las consecuencias de haber ejercido una posesión viciosa, lo cual ha hecho que diferentes autores se planteen distintas teorías acerca del tema señalando que una de las consecuencias, ante la ausencia de regulación, es la posibilidad o no de que un poseedor vicioso obtenga el derecho real de dominio a través de la prescripción adquisitiva extraordinaria, por prevalecer la seguridad jurídica sobre todas las circunstancias de la posesión; en tanto que otros manifiestan que esto no es viable porque sería como recompensar a quien ejecuta hechos ilícitos, ir en contra de la moral y de algunos principios constitucionales.
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