¿Cuál es el régimen disciplinario para los servidores públicos en Colombia?
Para comenzar este artículo, es necesario aclarar quiénes son los servidores públicos y, para ello, nuestra Constitución Política hace la definición taxativa en su art. 123 señalando que son aquellas personas que forman parte de” las corporaciones públicas, los empleados y trabajadores del Estado y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios”, clasificándolos en miembros de corporaciones públicas, empleados y trabajadores del Estado que son de carrera y nombrados por concurso público.
Hay personas particulares que prestan servicios públicos, pero no forman parte de los servidores públicos enunciados anteriormente, como es el caso de los notarios pues las notarías, como empresas no están comprendidas dentro lo que es la estructura administrativa del Estado; no obstante que la Constitución Política en su art. 131, por expreso mandato, determina que son de creación legal, siendo el Gobierno quien tiene la facultad para crear, eliminar y fusionar los círculos de notariado y registro, así como determinar el número de notarías y oficinas de registro.
En muchas ocasiones, cuando nos hemos sentido molestos con algún servidor público que no ha logrado dar respuesta a nuestras inquietudes o asistirnos para resolver un problema que se le ha planteado, bien porque no se ha tomado el trabajo de dar una solución, o porque su displicencia ha sido el resultado a nuestras preguntas, donde lo que se nos origina es una sensación de impotencia ante la que nos preguntamos ¿cómo podemos y ante quién de esta falta de atención?”
Para esta situación y otras mucho más graves existe un régimen disciplinario para cada entidad (Banco de la República, Policía Nacional, Ministerio de educación, sistema judicial, etc.), conformado por normas donde se especifican las conductas a seguir por los servidores públicos de las distintas entidades, las prohibiciones, las infracciones que pueden cometer con un comportamiento inadecuado; asimismo, se describen las sanciones, sus agravantes y sus atenuantes de acuerdo con la magnitud del comportamiento, en cabeza de qué funcionario se tramitará el proceso disciplinario, entre otras; todo esto para que el Estado asegure la eficiencia en la prestación de los servicios que le corresponden.
Con la Ley 1952 de 2019 se expide el código general disciplinario y se derogan otras leyes vinculadas con el derecho disciplinario. En este se establece que la Procuraduría General de la Nación es el ente encargado del “ejercicio del poder disciplinario preferente”, sin desconocer que es el Estado el titular de la potestad disciplinaria.
El Derecho Disciplinario es el encargado de este tema, forma parte del Derecho Administrativo, está constituido por un conjunto de normas sustanciales y de procedimiento, por las cuales el Estado ejerce su poder sancionatorio y el encargado de asegurar que los servidores públicos se comporten dentro del cumplimiento efectivo de sus funciones con obediencia, legalidad, transparencia, ética, moral, eficiencia y eficacia para el buen funcionamiento de sus actividades.
¿Qué rol tiene la Procuraduría General de la Nación en lo referente al régimen disciplinario? La Procuraduría tiene la competencia superior, general y preferente para la vigilancia de los servidores públicos como órgano de control preexistente, pero como no hace parte de la estructura judicial se ve restringida por el control de legalidad que la jurisdicción de lo contencioso administrativo realiza a sus decisiones.
En posteriores artículos describiremos la forma en que se aplica el régimen disciplinario a los servidores públicos.
LAS MEJORAS EN UN INMUEBLE
Las mejoras en un inmueble o reparaciones que se realizan en éste son motivo, algunas veces, de discordia entre los propietarios del bien o entre el arrendador y arrendatario, pues, generalmente, se efectúan sin comunicar a los demás sobre su construcción, lo cual...
CONVENCION COLECTIVA
En un artículo anterior tratamos sobre el pacto colectivo señalando que es un acuerdo realizado entre empleadores y trabajadores no sindicalizados, diferente a la convención colectiva de la cual trataremos a continuación. ¿Qué es la convención colectiva?...
ACTA DE LA ASAMBLEA DE PROPIETARIOS
Como todos los años, se acerca la fecha en que los edificios y conjuntos residenciales sometidos a Propiedad Horizontal deben realizar su Asamblea de Copropietarios, pero lo que muchos no saben es que los administradores pueden ser multados por no entregar el acta de...
PACTO COLECTIVO
El pacto colectivo es un acuerdo que se realiza entre empleadores y trabajadores no sindicalizados, su objetivo es pactar condiciones de trabajo que beneficien a las dos partes, hoy trataremos sobre esta figura. ¿Qué es el pacto colectivo? Señala el Ministerio...
LA RESTITUCION DEL FIDEICOMISO CIVIL
La figura del fideicomiso civil ha sido ampliamente usada en nuestro país para planificar el patrimonio de una persona en vida y distribuir sus bienes una vez fallecida, sin tener que hacer un proceso sucesoral, pero, recientemente, la Corte Suprema de Justicia,...
USO DEL CELULAR EN EL TRABAJO
Uno de los temas de mayor polémica en el ambiente laboral es el uso del celular en el trabajo, hay sectores donde, por el tipo de labor, no representa mayor impacto, pero hay otros donde sí, hoy trataremos sobre este tema y cómo está regulado en nuestro país. ...
SUSTITUCION DEL PATRIMONIO DE FAMILIA
Uno de los temas más consultados por los usuarios de la Notaría 19 es el de todo lo relacionado con el patrimonio de familia, lo cual hemos desarrollado a través de varios de nuestros artículos, hoy le corresponde el turno a la sustitución del patrimonio de familia....
BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR TENER CARRO ELECTRICO O HIBRIDO
La humanidad en la búsqueda de minimizar los altos costos ambientales y contaminantes que están causando muchos combustibles se ha motivado a usar vehículos que, además de asegurar que son menos contaminantes, implican beneficios tributarios por tener carro eléctrico...
CAMBIO EN EL TRASPASO DE VEHICULOS
En días pasados el Ministerio de Transporte, mediante la Resolución 20253040049955 del 4 de diciembre de 2025, modificó la Sección 3 del Capítulo 3 del Título 5 del RUNT, en aras de reducir la informalidad en el traspaso de propiedad de un vehículo automotor, para...
ELIMINADO REQUISITO PARA PENSION DE SOBREVIVIENTES
La Corte Constitucional mediante Sentencia T-295 de 2024 ha eliminado requisito para pensión de sobrevivientes o sustitución pensional, ordenando a Colpensiones que dejara de limitar el acceso a esta pensión en casos de personas en condiciones de discapacidad, tema...


