¿Qué es una sociedad comandita por acciones?
La sociedad comandita por acciones es aquella que tiene como finalidad limitar sus riesgos ante terceros, según el aporte de capital que hace el socio comanditario o de manera solidaria e ilimitada por parte del socio gestor. Obviamente, al constituir una empresa siempre se persigue un lucro por las actividades comerciales que desarrolla la sociedad.
¿Cuáles son los requisitos para crear una sociedad comandita por acciones?
La sociedad comandita por acciones se constituye por escritura pública y en ella deben figurar, entre otros aspectos, el objeto y razón social de la empresa, los nombres y dirección de residencia de los socios, el aporte que realiza cada uno de ellos, según sea socio comanditario o socio gestor, el número de acciones suscritas, su valor nominal y la parte pagada.
Igualmente, deben constar los derechos y obligaciones de los socios, más las actividades y alcances que va a desarrollar la sociedad, así como los requerimientos y condiciones para operar administrativa y comercialmente, y todo aquello que debe quedar plasmado en los estatutos de una sociedad.
¿Cuál es el número mínimo de socios para constituir la sociedad comandita por acciones?
Deben existir, como mínimo, cinco (5) socios comanditarios y uno o más socios gestores.
En esta sociedad, en el momento de la conformación de la empresa y reflejado en los estatutos, tienen que aparecer como mínimo cinco (5) socios comanditarios con sus respectivos aportes de capital representados en acciones y no podrán realizar aportes en trabajo, más un (1) socio gestor u otros tantos sin límite de personas que quieran participar en la sociedad, con aportes de trabajo y se obligan a administrar la sociedad o a través de delegados.
¿Cuáles son los tipos de socios comanditarios por acciones?
Son dos tipos de socios que tienen un objetivo común de acuerdo al objeto social creado, pero con responsabilidades diferentes ante las actividades mercantiles que desarrolla.
El socio comanditario compromete su responsabilidad de forma limitada al pagar por sus acciones suscritas y pagadas, mientras que la responsabilidad del socio gestor es subsidiaria, ilimitada y solidaria por las operaciones que se efectúan en su acontecer diario.
¿Cómo se forma el capital de la sociedad comandita por acciones?
Por cada socio, debe dejarse claro en los estatutos cuáles acciones están suscritas, cuáles son las pagadas y las que no.
¿Cuál es el porcentaje de las acciones suscritas del total del capital autorizado?
En los estatutos deberá quedar expreso que, al momento de la constitución de la sociedad, ésta debe poseer no menos del cincuenta por ciento (50%) de las acciones suscritas del total del capital autorizado y pagarse siquiera la tercera parte del valor de cada acción suscrita.
¿De qué porcentaje es la reserva legal de la sociedad comandita por acciones?
Se creará una reserva legal por lo menos al cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito, con las utilidades obtenidas en cada ejercicio fiscal y hasta llegar a dicho tope. Se mantendrá así mientras perdure la sociedad.
¿Cuál es la razón social de la sociedad comandita por acciones?
Su razón social tiene unas particularidades que deben ser de estricto cumplimiento, por lo que la razón social de las sociedades comandita por acciones se formará siguiendo alguna de las siguientes condiciones:
- Nombre completo de uno o más socios gestores o llamado también colectivo.
- Apellidos de uno o más socios colectivos.
En cualquiera de estos dos casos, la razón social debe ir acompañada de
la expresión “y compañía” o la abreviatura “& Cía.”, seguida con la indicación abreviada “S. en C.” o de las palabras “Sociedad Comanditaria por Acciones” o su abreviatura “S. C. A”.
¿Cómo se realiza la disolución de la sociedad comandita por acciones?
Se podrá disolver tal como puede ocurrir a una sociedad comercial:
- Por vencimiento del término establecido en el contrato social
- Por no poder seguir con su actividad social
- Por la reducción de socios
- Por aquellas estipuladas en los estatutos de la sociedad y por las leyes colombianas.
- Por las pérdidas que reduzcan el patrimonio neto a menos del cincuenta por ciento (50%) del capital suscrito.
- Por la no existencia de socios gestores o socios comanditarios.
Temas relacionados:
CERTIFICADO DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Para adquirir o para vender inmuebles se requieren distintos documentos para llevar a buenos términos el trámite, uno de ellos es el certificado de propiedad horizontal, tema que trataremos a continuación. ¿Qué es el certificado de propiedad horizontal? “El...
DECLARAR RENTA POR USAR NEQUI Y DAVIPLATA
Como lo señalamos en un artículo anterior de nuestro blog en el que tratamos el tema de las billeteras digitales, la tecnología va creando herramientas para hacer más ágil la vida del ser humano y sus actividades, pero en el caso de las actividades económicas se van...
CUOTAS EXTRAORDINARIAS DE ADMINISTRACION
Los propietarios de unidades sometidas al régimen de propiedad horizontal deben pagar cuotas de administración que se usan para cubrir los costos de mantenimiento, sostenimiento, pago de empleados, pago de servicios públicos, entre otros, pero, asimismo, si la...
ADMINISTRADOR DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL
El régimen de propiedad horizontal contempla diversos aspectos de suma importancia para los propietarios y residentes de los edificios o conjuntos y uno de ellos es la figura del administrador de la propiedad horizontal. ¿Quién es el administrador de la...
VIVIENDA TURISTICA DE RENTA CORTA
Se está presentando un fenómeno bastante importante e interesante en nuestro país, pues muchas personas lo escogen como destino turístico y una de las opciones para alojamiento es la vivienda turística de renta corta, tema de nuestro siguiente artículo. ¿Qué...
PROHIBICIONES EN PROPIEDAD HORIZONTAL
Continuando con el tema de las novedades que se están presentando dentro de los apartamentos, edificios o conjuntos de propiedad horizontal, hoy trataremos sobre las prohibiciones en propiedad horizontal. ¿Cuáles son las prohibiciones en propiedad horizontal?...
PROYECTO DE REFORMA LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Se encuentra en el Congreso de la República el proyecto de reforma ley de propiedad horizontal para su correspondiente discusión, cuya finalidad es la de ajustar las normas de la Ley 675 de 2001 a los actuales requerimientos de los grupos residenciales y comerciales...
AHORRO VOLUNTARIO DE CESANTIAS
Los Fondos privados privados y el Fondo Nacional del Ahorro brindan al trabajador independiente la posibilidad de un ahorro voluntario de cesantías para que cuente con un dinero base en caso de alguna calamidad económica, para la adquisición de vivienda, para el pago...
PENSIONES VOLUNTARIAS
Dentro del tema de pensiones, como sabemos y así lo hemos hablado en reiteradas ocasiones a través de nuestros artículos, existen las pensiones legales de vejez, invalidez por riesgo común y de sobrevivientes; las pensiones extralegales, las pensiones anticipadas y...
BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR DONACION DE ALIMENTOS
Mediante la Ley No. 2380 del 15 de julio de 2024, publicada por el Departamento Administrativo de la Presidencia (DAPRE), “Por la cual se promueve la donación de alimentos, la seguridad alimentaria y se aporta al objetivo de “Hambre cero” en Colombia…", se otorgan...

