Es frecuente encontrar en los barrios residenciales la proliferación de establecimientos comerciales, cuando el uso de suelo no lo permite, sin contar con las autorizaciones pertinentes para realizar este tipo de actividades.

 

¿Qué hacer en estos casos?

En primer lugar, se debe asegurar que el inmueble que está siendo utilizado tenga el respectivo uso de suelo permitido. Esto, con la finalidad de verificar si está cumpliendo con la normatividad existente.

 

¿Dónde solicitarlo?

  • Se hace la consulta de uso de suelos y se obtiene un informe por escrito en las respectivas secretarías de planeación de cada ciudad o en las alcaldías de cada municipio.
  • En el caso concreto de Bogotá, el trámite se puede solicitar a través de la Secretaría Distrital de Planeación -SDP-, quien expedirá un “dictamen escrito sobre uso o usos permitidos en un predio o edificación, de conformidad con las normas urbanísticas del plan de ordenamiento territorial y los instrumentos que lo desarrollen”.
  • En el siguiente enlace http://visor.suit.gov.co/VisorSUIT/index.jsf?FI=26420, están las instrucciones para conseguir el concepto de uso del suelo, sin necesidad de desplazarse a ningún punto de atención como los SuperCade.

 

Descargar formato:

  •         Para realizar el trámite de consulta de uso de suelos, sólo debe incluir la información solicitada como dirección exacta y el número del chip del predio en consulta, y diligenciar el formulario. En el vínculo señalado puede descargar el formato al dar clic en “Reunir documentos y cumplir condiciones”. Allí aparecerá un ícono para bajar el formulario y solicitar la norma urbanística y uso del suelo.
  •         Una vez que diligenció el documento respectivo se debe radicar. Debe señalar el campo que dice textualmente: “2 – Radicar documentos…”, y se abrirá una información en donde se detalla cómo hacerlo, ya sea presencial o en el Portal web de la entidad.
  •         Al hacer clic en este último se abrirá una página http://sipawebfile.sdp.gov.co/webfile/ donde el ciudadano podrá radicar el documento en mención: “Radicación virtual (derecho de petición)”. Pero antes de ello, se le pedirá registrarse si no lo ha hecho, por tanto, debe llenar los campos solicitados como nombres y apellidos, dirección, correo electrónico, teléfonos, ciudad y contraseña.
  •         Si ya está registrado se le pedirá la autorización requerida como usuario o cédula y la contraseña. Una vez que ingrese puede radicar el derecho de petición.

 

Otra opción de solicitud:

En este otro enlace https://bogota.gov.co/sdqs/ puede realizar

igualmente cualquier tipo de consulta, y podrá escoger alguna de estas dos opciones:

  • “Crea tu petición” donde deberá registrar la debida queja, reclamo, denuncia, solicitud o sugerencia.
  • “Consulta tu petición” donde podrá consultar las peticiones que ya han sido registradas en el sistema.

Al dar clic en la primera opción lo llevará al siguiente vínculo https://bogota.gov.co/sdqs/crear-peticion y se abrirán una serie de campos que deben ser diligenciados para que su solicitud sea atendida. Se recomienda tener la documentación requerida del predio a consultar con los debidos soportes como videos y fotos, o cualquier otro tipo de prueba o sustentación que respalde su petición, reclamo o denuncia.

 

¿Cuánto se demora la respuesta a la solicitud?

En un término de quince (15) días hábiles siguientes a la recepción del derecho de petición se dará respuesta a la consulta de uso del suelo.

 

Cualquiera de los trámites aquí señalados a través de la Secretaría Distrital de Planeación -SDP-, son totalmente gratis y no necesitan de intermediación alguna.

 

¿Puedo consultar el uso del suelo en una Curaduría?

Sí. En el informe a entregar se indicará el uso permitido, según las características y normatividad vigente que se puede aplicar a la zona, según la Unidad de Planeamiento Zonal -UPZ- y de acuerdo al Plan de Ordenamiento Territorial -POT-.

Para este caso, se debe solicitar por escrito y cancelar la suma de

$75.435 IVA incluido.

 

¿Cómo hacer la consulta presencial?

La respectiva consulta se puede hacer de igual modo a través de los puntos de atención dispuestos para tal fin, y ni tiene costo alguno.

 

Para finalizar, si persiste alguna duda sobre el establecimiento, también puede averiguar si posee la licencia de funcionamiento y si está operando con los permisos requeridos.

Recuerde que existe una regulación para que un establecimiento comercial pueda funcionar, y en caso de incumplimiento puede tener sanciones ya sea de tipo económico, un llamado de atención o hasta el cierre definitivo.

 

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