El otrosí es un documento que se anexa a los contratos con el fin de modificar, adicionar o aclarar algunas cláusulas o condiciones en los contratos ya firmados.   Nuestro tema de hoy es el del otrosí al contrato laboral.

 

¿Qué es un otrosí?

En un artículo de nuestro blog dijimos que: “...el otrosí de un contrato es un documento adjunto al contrato principal (que ya está firmado por las partes) que sirve para añadir pretensiones además de las principales, se agregan cláusulas, se aclaran o cambian condiciones del principal que pueden llegar a afectar el objeto de éste.”

 

¿Se puede hacer un otrosí al contrato laboral?

Sí, cualquier tipo de contrato de trabajo puede ser modificado a través de un otrosí, pero se requiere que el trabajador esté conforme con los cambios y que estos no transgredan sus derechos mínimos.

 

¿Qué derechos mínimos no se pueden desconocer en un otrosí al contrato laboral?

  • Recargos de horas extras, nocturnas, dominicales y festivos.
  • No pago de las prestaciones sociales.
  • El pago de una remuneración menor a la legalmente señalada.
  • Cambiar condiciones de pactos colectivos.
  • Obligar al trabajador a responder por las pérdidas de la empresa.
  • Modificar la naturaleza salarial de un pago (por ej. las comisiones).
  • Imponer jornadas laborales mayores a las legales.
  • Cambiar el tipo de contrato y desmejorar las condiciones laborales (cambiar de contrato a término indefinido a un contrato a término fijo).

 

¿Cuáles son los requisitos para el otrosí al contrato laboral?

  • Debe ser un acuerdo entre empleador y trabajador, no puede ser impuesto por el empleador.
  • La voluntad del trabajador para aceptar firmar el otrosí no puede estar viciada por presión del empleador.
  • Debe ser por escrito.
  • Debe estar firmado por las dos partes.
  • No puede vulnerar los derechos mínimos del trabajador ni ser una modificación unilateral del empleador de los elementos esenciales del contrato de trabajo.

 

¿Cuáles son las modificaciones que se pueden realizar en un otrosí al contrato laboral?

  • Duración del contrato.
  • Cambiar el tipo de contrato de término fijo a término indefinido.
  • Incrementar o disminuir el salario mínimo (sin vulnerar los derechos mínimos del trabajador).
  • Cambiar el lugar de trabajo.
  • El traslado de trabajador a otra ciudad.
  • Inclusión o exclusión de beneficios extralegales.
  • Inclusión o exclusión de pagos salariales.
  • Modificación de la jornada laboral.
  • Modificación de las funciones del trabajador.
  • Y otras más.

 

¿Hay un número máximo de otrosí al contrato laboral?

No,  se pueden suscribir un número libre de otrosí de acuerdo a la realidad de cada contrato laboral.

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