Hemos señalado que la simulación es usada para “encubrir” negocios diferentes como, por ej., el fideicomiso civil del cual hablamos en anterior artículo, pero la acción de simulación tiene un tiempo limitado para ser ejercitada, según las reglas de la prescripción establecidas en el Código Civil colombiano.
¿Qué es la prescripción?
El Código Civil en su artículo 2512 la define así: “La prescripción es un modo de adquirir las cosas ajenas, o de extinguir las acciones o derechos ajenos, por haberse poseído las cosas y no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso de tiempo, y concurriendo los demás requisitos legales.
Se prescribe una acción o derecho cuando se extingue por la prescripción.”
¿Qué es la acción de simulación?
La acción de simulación es el mecanismo judicial a través del cual una persona pide que se declare que un acto o contrato no refleja la verdadera voluntad de las partes, se busca que el juez desmonte la apariencia jurídica y haga prevalecer la realidad del negocio, declarando la inexistencia del acto aparente o reconociendo el acto oculto.
¿Qué es la prescripción de la acción de simulación?
La prescripción de la acción de simulación es la institución jurídica mediante la cual se extingue el derecho de presentarse ante la jurisdicción para lograr que se declare la simulación de un acto jurídico, por el transcurso del tiempo sin haberse ejercido tal acción.
Es decir, a pesar que el acto sea simulado, si no se demanda dentro del término legal, se pierde la oportunidad de hacerlo por vía de acción.
¿Cuál es el término de prescripción de la acción de simulación?
El término de prescripción de la acción de simulación es de 10 años (artículo 2536 del Código Civil que es la regla general para las acciones personales), es decir, el interesado tiene este tiempo para interponer la demanda, tal como lo ha señalado la Corte Suprema de Justicia en su Sentencia SC 21801 del 15 de diciembre de 2017.
¿Cuál es el régimen de prescripción de la acción de simulación?
- Entre las partes del negocio simulado:
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- La acción SÍ PRESCRIBE
- Se aplica la regla general de prescripción extintiva del Código Civil colombiano.
- El término de prescripción es de 10 años
- El momento desde el cual se inicia a contabilizar es desde la simulación del acto o desde el tiempo en que termina el ocultamiento importante.
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- Respecto de terceros interesados:
- Para terceros con interés patrimonial como los herederos y acreedores:
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- Están sujetos a prescripción
- El término es de 10 años
- El momento desde el cual se inicia a contabilizar es desde que se conocen o debieron conocer la simulación
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- Respecto de terceros absolutamente ajenos:
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- En algunos casos, la acción de simulación se considera imprescriptible en sentido material, como cuando se ejercita como defensa (excepción).
¿A quién le corresponde la carga de la prueba en relación con la prescripción de la acción de simulación?
Quien alega la prescripción debe demostrar:
- El paso del tiempo.
- El momento desde el cual debe contarse.
Para terminar, una vez se da la prescripción de la acción de simulación, el afectado, el legitimado para demandar o el interesado, ya no puede demandar.
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