Testamento abierto.
En el caso particular del testamento abierto, el contenido del documento está al alcance de todos los interesados. Acá se puede proceder con dos acciones legales, una es dar inicio a la sucesión testada ante un Notario o ante un Juez competente y la otra acción consiste en impugnar el testamento abierto a solicitud del interesado que se halle inconforme con lo estipulado en dicho documento.
Apertura de testamento cerrado.
Aquí la situación cambia ya que se desconoce el contenido, por lo tanto, cuando fallezca el testador los interesados deberán solicitar la apertura y publicación del testamento cerrado al mismo Notario que lo autorizó.
¿Cuáles son los requisitos para la apertura de testamento cerrado?
Quien o quienes se presenten ante el Notario, primeramente deberán demostrar su condición de interesados en el testamento cerrado, igualmente, deberán aportar:
- Documentos de identificación. Quien sea hijo del testador fallecido deberá presentar copia auténtica del registro civil de su nacimiento.
- Solicitud de apertura y publicación del testamento cerrado.
- Copia de la escritura pública de otorgamiento del testamento.
- Registro civil de defunción del testador.
¿Cuál es el procedimiento para la apertura de testamento cerrado?
Sepa que el procedimiento para la apertura ante notario se encuentra regulado en el artículo 60 y siguientes del Estatuto Notarial (Decreto 960 de 1970). En resumen, debe seguir los siguientes pasos:
- Acudir ante el Notario con la solicitud de apertura y publicación del testamento cerrado y demás requisitos.
- El Notario una vez que examine y evidencie que los documentos están conforme con lo establecido en las leyes, procederá a citar a los cinco testigos que participaron en el testamento para que comparezcan ante él.
- Llegado el día y la hora de la citación, se procederá al reconocimiento del sobre y de las firmas puestas en él por el testador, los testigos y el Notario. Siempre estará a la vista el sobre y la escritura pública original que se haya otorgado.
- El Notario, en presencia de todos, extraerá el testamento y lo leerá en voz alta; terminada la lectura, lo firmará con los testigos a continuación de la firma del testador o en las márgenes y en todas las hojas de que conste.
- En un acta quedará plasmado todo lo acontecido en la apertura y quienes participaron en dicho acto.
- Finalmente, se protocolizará el testamento con lo actuado por el mismo Notario quien expedirá las copias necesarias, una de ellas será remitida para el debido registro.
Casos especiales.
- Si uno de los que acredita interés en el testamento cerrado se opone a su apertura, el Notario no la ejecutará deberá entregar el sobre y copia de la actuación al Juez competente para que éste tramite y decida la oposición a la apertura como un incidente.
- El Notario también remitirá la actuación a un Juez competente cuando la cubierta no aparezca cerrada, marcada y sellada como cuando se presentó para el otorgamiento, igualmente procederá si las firmas del Notario o los testigos no fueren reconocidos o abonados. El Notario, dejando constancia de lo anterior, practicará la apertura y publicación del testamento y enviará sobre, pliego y copia de su actuación al juez competente. Por lo tanto, el contenido del testamento no podrá ser exigido judicialmente hasta que no se declare su validez, pero si el testamento es declarado válido, el juez ordenará su protocolización y posterior registro.
Datos de interés.
- Abogado: no es necesario para la apertura, pero sí para iniciar el respectivo proceso de sucesión.
- Duración del trámite: dependerá de las condiciones de cada caso y de la disponibilidad de las partes intervinientes.
- Costo del trámite: genera costos que debe consultar en las tarifas notariales vigentes.
Tenga en cuenta.
- En el testamento cerrado cuando alguno o algunos de los testigos no asistiera a la apertura, el Notario abonará sus firmas mediante su confrontación con las firmas que se encuentran en la escritura original de protocolización. Y si fuese el Notario quien faltara, abonará su firma quien desempeñe actualmente sus funciones, mediante la misma confrontación y aún con su firma en otros instrumentos del protocolo.
Contenido relacionado.
DESPIDO SIN JUSTA CAUSA
Muchas empresas, por distintos motivos, despiden a algunos de sus trabajadores sin tener una causa justa para ello, pero la ley los obliga a pagar una indemnización por despido sin justa causa y, en ciertos casos, a que tengan que reintegrar al trabajador a su puesto...
PLAZO PARA EL PAGO DE LA LIQUIDACION LABORAL
Al finalizar una relación laboral el aspecto que más interesa al trabajador que renuncia o es despedido de su puesto de trabajo es cuál es el plazo para el pago de la liquidación laboral y, si corresponde, el pago de su indemnización laboral. ¿Qué conceptos...
ALIMENTOS PARA MUJER EMBARAZADA
En las relaciones de pareja se presentan distintas situaciones donde la ley debe intervenir para que se regulen los inconvenientes en forma justa para el miembro que resulta desfavorecido con la decisión del otro, una de estas situaciones son los alimentos para mujer...
DESCARGOS LABORALES
En caso que un trabajador realice alguna conducta que sea merecedora de una sanción, incluso de un despido con justa causa, existe una diligencia de descargos laborales como mecanismo de defensa para el trabajador. ¿Qué son los descargos laborales? ...
REGIMEN DE VISITAS DE HIJOS MENORES
El divorcio de las parejas que tienen hijos menores acarrea situaciones incómodas para todos al verse sometidos, tanto padres como hijos, a tener que pasar, por ej., determinados periodos de tiempo con cada uno de los progenitores y no poder compartir con los dos,...
COSTAS PROCESALES
Alguna vez habrán escuchado el nombre costas procesales o costas judiciales y no saben exactamente a qué hacen referencia este término, en nuestro artículo de hoy las definiremos y hablaremos sobre algunos de sus aspectos más importantes. ¿Qué son las costas...
FILIACION
Los niños son titulares de derechos y entre ellos el de la filiación que hace referencia a tener unos padres, su identidad, tener un nombre, una nacionalidad que hace obligatorio que sean inscritos en el registro civil desde que nacen. ¿Qué es la filiación?...
CAMBIOS EN RETEFUENTE Y RENTA
El Gobierno Nacional ha realizado cambios en retefuente y renta para las personas naturales, sorprendiendo e impactando a los contribuyentes con estas nuevas medidas de las cuales trataremos a continuación. ¿De qué se tratan las modificaciones implementadas...
LIMITACIONES AL DOMINIO
Para muchos escuchar hablar de las limitaciones al dominio no tiene mayor importancia, pero cuando sabemos que se tratan de restricciones sobre la propiedad y que hacen referencia al usufructo, el fideicomiso civil, las servidumbres, el uso y habitación, entre...
FIDEICOMISO CIVIL
Muchos de nuestros usuarios nos preguntan la forma en que los padres puedan dejar sus bienes materiales en cabeza de sus hijos para evitar, tras su fallecimiento, que se vean obligados a iniciar la sucesión y una de las figuras jurídicas más usadas para este fin es...

