Antes de finalizar el presente año 2022 hemos venido comentando noticias como el aumento del salario mínimo y del auxilio de transporte, la recién aprobada reforma tributaria y el tema de la inflación que incide directamente, por ej.,  en el presupuesto de muchos colombianos que viven en arriendo que, según Fedelonjas, son, aproximadamente, 17 millones de personas; por ello, con el fin de dar una orientación a los usuarios de la página web de la notaría 19, nos referiremos  al porcentaje máximo legal para aumentar el canon de arrendamiento en la vivienda urbana y en local comercial, y la forma en que se establece el aumento.

 

¿Qué señala la ley para el aumento del canon de arrendamiento de vivienda urbana en el 2023?

 

El artículo 20 de la Ley 820 de 2003, ley que regula los contratos de arrendamiento de vivienda urbana,  señala que el arrendador podrá aumentar  anualmente el valor del canon de arriendo en una proporción no superior a la totalidad del incremento del IPC del año inmediatamente anterior, pero sin que este valor supere el 1% del valor comercial de la vivienda, artículo 18 de la misma norma

 

¿Qué se solicita a los arrendadores ante la alta inflación que se vive en Colombia?

 

Como la inflación en noviembre del presente año 2022 alcanzó el 12.53%, el sector constructor y la Federación Colombiana de Lonjas de Propiedad Raíz (Fedelonjas) han propuesto que arrendador y arrendatario se pongan de acuerdo y el aumento del canon sea pactado entre ellos y esté por debajo del porcentaje de la inflación, máximo el 12% que es el porcentaje legal.

 

Ejemplo:  

 

  • Germán es el arrendador y Pedro el arrendatario.
  • Fecha de inicio del contrato de arrendamiento de vivienda urbana: 01 de febrero de 2021
  • Valor del canon de arrendamiento mensual: $1.000.000
  • IPC del año 2021: 5.62%

 

 El 01 de febrero de 2022 se cumplió un año del contrato y Germán le avisó por escrito a Pedro sobre el aumento, el valor en que quedaría y la fecha a partir de la cual se empezaría a cobrar el nuevo monto que, según el IPC del 2021, se podrá aumentar máximo hasta ese porcentaje de 5.62%, pues la norma señala que el canon “se aumenta en una proporción no superior a la totalidad del incremento del IPC del año  inmediatamente anterior.”

 

¿Qué entidad regula el alza en los arriendos de vivienda urbana?

 

La Secretaría Distrital del Hábitat es la entidad que supervisa que se cumplan las disposiciones de la Ley 820 de 2003 en el caso del arrendamiento de vivienda urbana.

 

¿Cuál es el porcentaje de aumento del arriendo de un local comercial?

 

A diferencia del arrendamiento en la vivienda urbana, los locales comerciales no cuentan con una regulación  civil ni mercantil específica que establezca un indicador para realizar el incremento del arriendo y lo que se ha venido haciendo es que las partes deben estipular dentro del contrato el porcentaje de aumento; es decir, si en el contrato se pactó un 20% el arrendador sólo puede subir un 20%.

 

Finalicemos el tema proponiendo, como lo han hecho los entendidos en el tema, que prime un acuerdo donde se tengan en cuenta las condiciones económicas actuales y se tome una decisión que beneficie a las dos partes del contrato.

 

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