El 4×1000 es un gravamen más que se creó en los años 90 cuando Colombia enfrentó una crisis de sus entidades financieras y el colapso de la unidad de poder adquisitivo constante -UPAC– utilizada para calcular el costo de algunos de los créditos de vivienda, lo que llevó a que muchos usuarios del sistema se endeudaran sin poder pagar sus deudas, obligando al Gobierno a decretar la emergencia económica.

 

¿Sobre qué se estableció este impuesto?

Para mitigar de alguna forma la difícil situación que se vivía y buscar mecanismos de financiación se estableció temporalmente el impuesto a las transacciones financieras del 2×1.000 (1998). Al año siguiente, el país sufrió una emergencia social y económica a causa de un terremoto que afectó los departamentos de Caldas, Quindío, Risaralda, Tolima y Valle del Cauca. En ese entonces, bajo el amparo de la emergencia la tasa se incrementó al 3×1.000 (2000) y tres años después la tarifa volvió a reajustarse quedando en el 4×1.000 (2003).

 

¿Por qué el 4 x 1.000 se volvió un impuesto permanente?

Desde entonces, el impuesto a las transacciones financieras se ha mantenido hasta la actualidad dado que la Ley 1111 de 2006 decretó que el gravamen a los diferentes movimientos financieros fuera permanente. Sin embargo, existe un proyecto de Ley que pretende desmontar gradualmente el impuesto para que en el 2026 se elimine el 4×1.000.

 

 ¿Cuáles son las exenciones al 4×1?000?

El gravamen a los movimientos financieros -GMF- más conocido como 4×1.000 se aplica, entre otros, a las transacciones bancarias que se realizan de una entidad a otra, cheques de gerencia o retiros.

  • Precisamente, para que una cuenta esté exenta los retiros no deben superar las 350 unidades de valor tributario -UVT- que para este año quedó en $38.004, es decir$13.301.400, y solo aplica a una de ellas en el caso de poseer varias cuentas así sea en diferentes entidades financieras. Para los empresarios, hasta cinco (5) cuentas.
  • Otro que tiene la exención de este impuesto son las cuentas de los pensionados, entre otros.

 

¿A dónde van esos recursos?

Muchos usuarios que acceden al sector financiero para realizar alguna transacción se habrán preguntado alguna vez ¿a dónde van a parar esos recursos que me descontaron por el gravamen del 4×1000?

 

En un caso hipotético, si un cliente retiró de su cuenta la suma de un millón de pesos y se aplica el 4×1.000, $4.000 de ellos irán a las finanzas públicas y el Estado se encargará, a través de la banca, de recoger este tributo.

 

Recuérdese que en un primer momento dicha tarifa fue dirigida a mitigar la emergencia económica y social que padeció el país por la grave situación que atravesó el sector financiero en 1998 y un año después por el terremoto en el Eje Cafetero.

 

Posteriormente, y según sentencia de la Corte Constitucional C-136 de 1999, el tributo creado debía destinarse a los sectores afectados como eran los deudores individuales del sistema de financiación de vivienda -UPAC– el sector solidario (cooperativas financieras y de ahorro y crédito) y las instituciones financieras de carácter público.

Veinte años el 4×100 y sigue vigente:

Sin embargo, al pasar los años se institucionalizó pasando de los 2×1.000 iniciales a los 4×1.000 actuales, y su recaudación pasó al Gobierno nacional y sólo el sector financiero se encarga de recepcionar el gravamen que fue convertido en permanente.

 

Así las cosas, lo que un principio fue un tributo temporal que los ciudadanos debían pagar al Estado por la emergencia económica y social del momento, se convirtió en un impuesto más de carácter nacional que grava directamente a las personas o empresas, y que hasta la fecha representa un cinco por ciento (5%) del recaudo total de las finanzas públicas.