¿Es posible la venta de bienes en un proceso de reorganización?
De acuerdo al artículo 17 de la Ley 1116 de 2006, no podrán efectuarse enajenaciones de bienes que no correspondan al giro ordinario de los negocios del deudor salvo que exista autorización previa, expresa y precisa del juez del concurso.
Por lo tanto, si el deudor desea vender, donar o ceder un bien, es necesario que remita un escrito razonado y fundamentado al juez encargado del proceso para obtener la autorización correspondiente.
Pero, ¿Qué se debe entender por giro ordinario de los negocios?
La Superintendencia de Sociedades emitió en fecha 25 de agosto del 2000, el Oficio 220-53338 que permite aclarar esa duda:
“Si bien el llamado giro ordinario de los negocios se encuentra determinado por las actividades que constituyen el objeto social, resultan oportunas algunas precisiones conceptuales en torno al empleo constante en la práctica mercantil de la referida expresión “giro ordinario de los negocios”. Partiendo de las anteriores consideraciones en cuanto al tema del objeto social, se concluye que éste alude a las actividades que desarrolla o se propone realizar el ente social, al paso que solamente quedan cobijadas por ” giro ordinario ” aquellas actividades que en forma habitual u ordinaria, ejecuta la sociedad.” (…)
“En ese orden de ideas, queda claro entonces que la actividad del empresario durante la negociación del acuerdo a que hace alusión el artículo 17 de la ley analizada, estará restringida a aquellas operaciones que correspondan al giro ordinario de los negocios sociales, con sujeción a las limitaciones estatutarias aplicables; de manera que en el evento en que se pretenda la ejecución de cualquiera de las actividades u operaciones allí descritas o de aquellas que no estén comprendidas dentro del giro ordinario, deberá el empresario contar con la previa autorización de la autoridad que ejerza la inspección, vigilancia o control correspondiente, la cual será impartida siempre que se encuentren debidamente acreditadas la urgencia, necesidad y conveniencia de efectuar dichas operaciones”.
De lo anterior, se entiende que el giro ordinario de los negocios del deudor comprende todas aquellas actividades que habitualmente realiza la empresa para desarrollar su objeto social de acuerdo a lo estipulado en los estatutos de la sociedad, además, quedará a criterio del juez de concurso determinar si los bienes que se pretende enajenar no corresponde a esas actividades, para ello el deudor deberá acreditar la urgencia, necesidad y conveniencia de efectuar dicha operación.
¿Qué ocurre si se ejecuta la operación sin la autorización del juez?
El comentado artículo 17, también hace alusión a ciertos efectos que generaría la enajenación efectuada sin previa autorización, variara un efecto de otro dependiendo del momento en que se cometa la infracción, es decir:
.- Si la venta se realiza a partir de la presentación de la solicitud de reorganización hasta la aceptación de la misma, dará lugar a: “…la remoción de los administradores, quienes serán solidariamente responsables de los daños y perjuicios causados a la sociedad, a los socios y acreedores. Así mismo, se podrá imponer multas sucesivas hasta de doscientos (200) salarios mínimos mensuales legales vigentes (…) hasta tanto sea reversada la operación respectiva; así como a la postergación del pago de sus acreencias. El trámite de dichas sanciones (…) no suspende el proceso de reorganización”; o,
.- Si la venta se realiza a partir de la admisión al proceso de insolvencia, el proceso será ineficaz de pleno derecho.
¿Cuál es el apoyo legal de ese criterio?
Se sostiene que el fundamento de tales prohibiciones tiene cabida en el artículo 2488 del Código Civil, que prevé la persecución universal de bienes, estableciendo que:
“Toda obligación personal da al acreedor el derecho de perseguir su ejecución sobre todos los bienes raíces o muebles del deudor, sean presente o futuros…”
Por consiguiente, a partir del momento que se presente la solicitud de reorganización hasta la aceptación de la misma, el deudor solamente podrá efectuar pagos de obligaciones propias del giro ordinario de sus negocios. Y si aun insiste en vender un bien, deberá acreditar, ante el juez del proceso, la urgencia, necesidad y conveniencia de efectuar dicha operación.
LEASING FINANCIERO
En varias oportunidades nos hemos referido al contrato de Leasing y alguno de sus tipos o clases, hoy hablaremos sobre el Leasing financiero o arrendamiento financiero. ¿Qué es el Leasing financiero? “Arrendamiento financiero o leasing financiero: es aquel...
CONTRATO DE RENTING
El contrato de renting es muy usado por las personas naturales y jurídicas desde hace unos años y más en el sector automotor en el renting de vehículos como apoyo de la logística de las empresas. ¿Qué es el contrato de renting? El código de Comercio, por...
TRABAJADORAS DOMÉSTICAS CON LA REFORMA LABORAL
Con la Reforma Laboral del actual Gobierno del Presidente Petro, uno de los cambios que se presentan es el relacionado con la labor de las trabajadoras domésticas, tema de nuestro actual artículo. ¿Cuál es el objetivo de los cambios en los contratos de las...
RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION
Continuando con el tema de los recursos, el turno del presente artículo es para el recurso extraordinario de revisión, señalaremos los actos sobre los cuales procede, sus requisitos, el término para presentarlo y sus causales, entre otros aspectos más. ¿Qué es...
RECURSO DE RECONSIDERACION EN MATERIA TRIBUTARIA
En el área de liquidación administrativa es el recurso de reconsideración en materia tributaria el medio de impugnación obligatorio para agotar la vía administrativa y del cual hablaremos a continuación. ¿Qué es el recurso de reconsideración en materia...
RECURSO DE APELACION
El recurso de apelación es uno de los más importantes medios de impugnación contra las decisiones emitidas por autoridades judiciales y administrativas, por lo que es el protagonista de nuestro artículo de hoy. ¿Qué es el recurso de apelación? “Vía procesal que...
RECURSO DE QUEJA
El recurso de queja es otro de los mecanismos jurídicos que tiene una persona para pedir que se revise la decisión que expidió un tribunal inferior, por lo que en nuestro artículo a continuación nos referiremos a él para mayor comprensión de nuestros usuarios. ...
EMPLAZAMIENTO JUDICIAL
Escuchamos constantemente el término emplazamiento judicial, pero no todos saben el significado de este término, por lo cual hoy hablaremos de este tema en nuestro artículo a continuación. ¿Qué es un emplazamiento judicial? “El emplazamiento, en derecho...
CONTRATO “LLAVE EN MANO”
El contrato “Llave en mano” no es muy conocido por quienes no están relacionados con el sector de la construcción, pero es un contrato comercial atípico del cual trataremos en nuestro artículo de hoy. ¿Qué es el contrato “Llave en mano”? Como hemos señalado en...
CONTRATO DE MAQUILA
Muchos contratos, por su nombre, son muy conocidos pero hay otros de los cuales no se tiene mucha información y es el caso de los contratos atípicos como el de maquila, tema de nuestro presente artículo. ¿Qué es maquila? “Trabajo de manufactura textil parcial...

