Cuando se realiza la compraventa de un inmueble uno de los impuestos a pagar por este acto jurídico es el de beneficencia y registro, por lo que en este artículo hablaremos un poco más sobre él.

 

¿Qué servicios ofrece al ciudadano la Beneficencia de Cundinamarca?

 

“La Beneficencia de Cundinamarca ofrece un programa de protección social integral para los niños, niñas y adolescentes, adultos mayores y personas con discapacidad mental,  residentes en los 116 Municipios de Cundinamarca en el Nivel Socioeconómico del Sisben 1 y 2, en condición de extrema vulnerabilidad.

 

¿Qué es el impuesto de beneficencia?

 

El nombre verdadero de este impuesto es el de registro y anotación, pero las personas se acostumbraron a llamarlo impuesto de beneficencia porque, anteriormente, el cobro de éste lo hacía la Beneficencia de Cundinamarca y es el que se paga para legalizar el predio que le pertenece, por ej. al comprador de una casa, apartamento, local, terreno, bodega, etc.

 

¿El recaudo por el impuesto de registro y anotación es para uso de la Beneficencia de Cundinamarca?

 

Con la Ley 223 de 1995 se estableció que este impuesto fuera pagado al Departamento de Cundinamarca, pero el artículo 135 del Decreto 352 de 2002 asignó un 70% para el Departamento de Cundinamarca y el 30% restante  del impuesto que se ocasione en el Distrito Capital.

 

¿Cuál es el valor del impuesto de beneficencia en Colombia?

 

Recordemos que éste es un impuesto departamental, por concepto de escritura y el valor a pagar es el 1% del valor de venta de la casa.

 

¿Cuál es el valor a pagar por registrar un inmueble?

 

Este valor corresponde a la inscripción, por ej, de la compraventa de una casa, o de un inmueble adjudicado en sucesión, y se hace ante la respectiva Oficina de Registro de Instrumentos Públicos donde se encuentre localizado el predio, el valor es de 1.67% sobre el valor de la venta y el obligado a pagarlo es el comprador de la casa, de lo cual tendrá un Certificado de Tradición y Libertad expedido por la Oficina de Registro.

 

¿Qué es el impuesto de registro?

 

Se realiza el pago de este impuesto una vez hecho el de beneficencia, se causa por acto o negocio jurídico cuyo objeto esté relacionado con un inmueble (compraventa),  la liquidación de este impuesto de  registro inmobiliario está a cargo de las Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos del lugar de ubicación del bien raíz o predio.

 

¿Cuál es el trámite ante la notaría para el pago de estos impuestos?

 

La Notaría 19 tiene una persona encargada para el trámite de estos impuestos ante las respectivas entidades, así que tan pronto le sea entregada su escritura debe acercarse a esta ventanilla y solicitar que envíen una copia de la escritura para que le liquiden el impuesto y, a través de un correo electrónico, le enviarán los recibos para el pago, lo cual puede hacerlo por PSE o a través de las entidades bancarias habilitadas para ello.

Pasados 15 días hábiles después de realizar el pago, la notaría le entregará el Certificado de Tradición y Libertad donde aparece la anotación del negocio realizado sobre el inmueble.

 

¿Cuánto tiempo tengo para hacer el registro de la escritura pública del inmueble?

 

  • Para actos o negocios realizados en el país, dos meses luego de otorgada la escritura pública.

 

  • Para actos o negocios realizados fuera del país, tres meses luego de otorgada la escritura.

 

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