Con la reforma pensional del actual Gobierno (Ley 2381 de 2024) existe la posibilidad de pensionarse sin 1.300 semanas, pero la nueva reforma se encuentra suspendida por la Corte Constitucional por considerar que tiene vicios de trámite, por lo que su entrada en vigencia, que estaba prevista para el 1o. de julio de 2025, también está suspendida, lo cual hace que se mantenga vigente la Ley 100 de 1993.
¿Qué establece la reforma pensional para que los trabajadores en Colombia puedan pensionarse sin 1.300 semanas en Colpensiones?
Una de las mayores novedades de la nueva reforma pensional es la “pensión anticipada de vejez”, con la cual, muchos trabajadores podrán pensionarse en Colpensiones sin contar con 1.300 semanas cotizadas.
Requisitos:
- Los afiliados que para el momento en que entre en vigencia la nueva reforma pensional (Ley 2381 de 2024), cuenten con la edad de pensión de 62 años para las mujeres y 65 años para los hombres.
- Teniendo cotizadas más de 1.000 semanas, pero sin lograr estar cerca de las 1.300 semanas (semanas mínimas) que la Ley 100 de 1993 exige para tener derecho a una pensión completa en Colpensiones.
¿Qué se requiere para acceder a la “pensión anticipada de vejez” y poder pensionarse sin 1.300 semanas?
- El afiliado debe tener cotizadas, por lo menos, 1.000 semanas.
- No encontrarse bajo el régimen de transición.
¿Cómo se calculará la pensión anticipada de vejez de la nueva reforma pensional?
La pensión anticipada de vejez se calculará proporcionalmente a las semanas cotizadas, usando la fórmula de la pensión de vejez señalada por la ley.
¿Con la nueva reforma pensional, la pensión anticipada de vejez será un beneficio final?
No, la pensión anticipada de vejez será un enlace hacia la pensión definitiva., pues de la mesada que se reciba una parte se descontará y usará para seguir cotizando hasta completar las 1.300 semanas exigidas, para que al completarlas la pensión anticipada de vejez se convierta en la pensión completa.
¿En los fondos privados existe la posibilidad de una pensión anticipada de vejez?
Sí, los fondos privados cuentan con la posibilidad de una pensión anticipada de vejez antes de que el afiliado cumpla con los requisitos de edad o semanas, lo esencial es tener un capital acumulado suficiente para financiar una pensión correspondiente al 110% de un salario mínimo mensual legal vigente.
¿Cuáles son los beneficios de contar con una pensión anticipada de vejez?
- Se accede a esta pensión sin haber cotizado las semanas requeridas para la pensión.
- Protege a quienes no han cotizado continuamente.
- Brinda una opción para que el afiliado se retire sin que necesite completar las semanas exigidas.
- Disminuye la desigualdad en el ingreso a la seguridad social.
¿Cuáles son los inconvenientes de la pensión anticipada de vejez?
- Se harán descuentos mensuales para completar las semanas faltantes.
- Quienes pertenezcan al régimen de transición no tienen derecho a ella.
- El monto de la mesada anticipada es inferior al de una pensión completa.
- Al fallecer el titular de esta pensión, sus beneficiarios no tendrán derecho a la sustitución pensional.
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