La Superintendencia de Sociedades tiene como función ejercer la inspección, vigilancia y control de las sociedades mercantiles, es decir aquellas que tienen como objetivo la realización de actos de comercio, y están constituidas legalmente de acuerdo a la normas contempladas por la Ley, entre las cuales se encuentran la Sociedad Limitada, la Anónima, por Acciones Simplificada S.A.S. la Sociedad Comandita Simple y por Acciones, la Unipersonal, la Colectiva y Asociativa de Trabajo.

 

¿Qué es la Superintendencia de Sociedades?

 

Es un organismo técnico, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, vela que las sociedades mercantiles se sujeten a la normatividad existente, y en caso que encuentre alguna inconsistencia en su actividad comercial ya sea por actos dolosos, abusos en su actuar o irregularidades contables, administrativas, jurídicas y económicas, realizarán las investigaciones pertinentes y adoptarán las medidas a que haya lugar para subsanar dichas anomalías.

 

¿Qué función tiene el Grupo de Investigaciones Administrativas?

 

El llamado Grupo de Investigaciones Administrativas es el encargado de hacer seguimiento a las solicitudes de investigación y verificación administrativa, tiene además de las ya enunciadas las siguientes funciones tendientes a atender, adelantar, proponer y adoptar medidas para solucionar las irregularidades cometidas por las sociedades mercantiles. 

 

¿Cuáles son otras funciones de la SuperSociedades?

 

  • Tendrá la misión de enmendar, corregir y proponer correctivos en el área donde se detectó la falla.

 

  • Tal es el caso de la investigación y supervisión administrativa que puede ser proactiva, al detectar incumplimiento de la ley y los estatutos sociales de las sociedades mercantiles, por tanto, adelantará las actuaciones que mejor considere necesarias para subsanar dichas inconsistencias o irregularidades al interior de la entidad vigilada.

 

  • Igualmente,  adelantará investigaciones por violaciones al Código de Comercio como el no suministro de la información requerida, alterar los libros contables y no seguir los lineamientos de las obligaciones que debe acatar el comerciante y  que conlleven a la violación de la ley.

 

¿Cuáles son las multas por incumplimiento?

 

  • En caso de suscitarse alguna irregularidad o anomalía, la Superintendencia de Sociedades podrá proponer correcciones o rectificaciones y emitir las sanciones respectivas.


  • Un ejemplo de ello es la sanción que puede ser impuesta por la Superintendencia de Sociedades si llegara a comprobar que una persona natural o jurídica está incumpliendo la prohibición de ejercer el comercio.


  • Las multas van desde dos mil (2.000) hasta cien mil (100.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes, respectivamente, tal como está consignado en el artículo 58 del Código de Comercio.


  • Otras de las medidas que puede ejercer en las sociedades mercantiles es proponer correcciones o modificaciones a los estados financieros de las entidades vigiladas, en caso de encontrar que no se ajustan a las normas legales contables.

 

Quejas o peticiones de los usuarios:

 

  • Cualquier persona puede interponer una queja, reclamo, petición o sugerencia ante la Superintendencia de Sociedades siempre que considere que se presente algún algún abuso o irregularidad al interior de una sociedad mercantil.


  • Si tal es el caso, en el siguiente enlace

https://www.supersociedades.gov.co/Intervencion_afe/Paginas/Tramites.aspx, encontrará los pasos para efectuar su solicitud.

 

  • El trámite es sencillo y sólo debe diligenciar unos campos en el formulario diseñado para tal fin, como suministrar sus datos personales al igual que la información de la entidad que desea sea investigada, enunciar de manera concreta los hechos que considere son contrarios a la ley, y soportes que sustenten (si los hay) sobre los hechos referidos en la petición o queja.

 

Procedimiento:

 

  • También puede radicar su requerimiento en las sedes físicas de la SuperSociedades o en las Intendencias regionales dispuestas en el territorio nacional.


  • ​Igualmente, puede hacerlo a través del siguiente correo electrónico:

webmaster@supersociedades.gov.co

 

  • La respuesta a su queja o petición será enviada a la dirección o correo señalado, dentro de los quince (15) días siguientes a su recepción., tal como lo señala la ley.

 

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