Hemos visto, anteriormente, cómo proteger un inmueble familiar de posibles embargos por obligaciones pendientes de pago a través de la constitución del Patrimonio de Familia y de la Afectación a Vivienda Familiar; en nuestro artículo de hoy hablaremos sobre la venta de inmueble con Afectación a Vivienda Familiar.

 

Sabemos que un inmueble con Afectación a Vivienda Familiar, igual que si estuviera gravado con Patrimonio de Familia, no puede ser embargado ni vendido mientras exista esta condición.

 

¿Cómo vender un inmueble con Afectación a Vivienda Familiar?

 

Para vender un inmueble con Afectación a Vivienda Familiar es necesario levantar o cancelar la afectación mediante Escritura Pública en notaría.

 

¿Se puede hacer el levantamiento de la Afectación a Vivienda Familiar en la misma escritura de venta del inmueble?

 

Sí, se puede hacer.

 

¿Quién debe hacer el levantamiento o cancelación de la Afectación a Vivienda Familiar?

 

Si la Afectación a Vivienda Familiar en la vivienda se hizo a favor del cónyuge es éste quien debe dar su consentimiento  libre de vicio para el levantamiento  o cancelación de la afectación.

 

¿Qué pasa si el consentimiento fue obtenido con error, fuerza o dolo?

 

En caso que este consentimiento haya sido obtenido a la fuerza,  el levantamiento se encuentra viciado de nulidad.

 

¿Cómo debe ser ese consentimiento?

 

Ya dijimos que el consentimiento debe ser voluntario, sin presión alguna y expreso, por lo cual los cónyuges firman el levantamiento o cancelación de la Afectación a Vivienda Familiar., artículo 3 de la Ley 258 de 1996., como prueba de su consentimiento.

 

¿Qué sucede si el cónyuge se encuentra ausente para dar su consentimiento?

 

En este evento, debe solicitarse que se declare judicialmente su ausencia y, luego, pedir el levantamiento o cancelación de la Afectación a Vivienda Familiar.

 

¿Se puede hacer promesa de compraventa de inmueble con Afectación a Vivienda Familiar?

 

Sí, pero en la promesa de compraventa debe estipularse en una de sus cláusulas que el propietario de la casa (vendedor) se compromete a cancelar la Afectación a Vivienda Familiar, antes de la venta del predio.  Recordemos que ya mencionamos que este levantamiento se puede hacer en la misma escritura de compraventa, con lo cual las partes tendrán una sola escritura que incluya los dos trámites.

 

¿Se requiere abogado para hacer la cancelación de la Afectación a Vivienda Familiar?

 

Si el trámite se realiza por juzgado sí es necesaria la intervención de un abogado, pero si se hace por notaría, para la cancelación o levantamiento de la Afectación a Vivienda Familiar se requiere que estén los dos cónyuges o compañeros permanentes para firmar la escritura.

 

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