AFECTACIÓN A VIVIENDA FAMILIAR
[su_tabs vertical=”yes”][su_tab title=”¿QUÉ ES?”]La Afectación a Vivienda Familiar es una figura utilizada para proteger una propiedad de embargos, remates o cobros. Así mismo, cuando un inmueble está cobijado por la Afectación, éste no puede ser vendido ni donado.[/su_tab] [su_tab title=”REQUISITOS”]
- Paz y salvo del impuesto predial.
- Comparecencia de los titulares.
- Si sólo uno aparece en la escritura como propietario, él es el único que firma.
- Certificado de libertad y tradición.
- Registro Civil de los menores.
- Certificado del IDU.
- Documentos de quienes constituyen la Afectación a Vivienda Familiar
[/su_tab] [su_tab title=”TENGA EN CUENTA”]
- La Afectación se puede hacer únicamente sobre propiedades para uso habitacional. NO se puede constituir sobre un local, un depósito, una finca, una bodega, un garaje, etc.
- Quienes constituyen la Afectación deben estar casados o deben vivir juntos. NO puede constituirlo una persona soltera.
- Quienes constituyen la Afectación deben figurar como únicos titulares sobre el inmueble.
- Al momento en que deseen cancelar la Afectación a Vivienda Familiar, deben presentarse y firmar los dos que lo constituyeron.
- Se puede afectar un solo inmueble.
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TARIFAS: (clic en la imagen para dar zoom)
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