Desafortunadamente, en frecuentes ocasiones, los temas de dinero traen discusiones entre amigos y familiares, y uno de ellos es el acto jurídico del Testamento con el que

algún o algunos herederos no están conformes y acuden a la impugnación de testamento, tema que trataremos a continuación.

 

¿Qué es impugnar un testamento?

La impugnación de testamento se encuentra  regulada por el  artículo 1097 del Código Civil Colombiano y se realiza mediante demanda judicial  ante un juez de familia del domicilio del causante (artículo 22 del Código General de Proceso), donde se solicita  la nulidad del   testamento otorgado por éste.

 

¿Quiénes están facultados para impugnar un testamento?

Cualquier persona que tenga calidad de heredero.

 

¿Cuáles son los requisitos para impugnar un testamento?

  • Que la persona demuestre su calidad de heredero.
  • Que tenga motivos razonables y suficientes para impugnar.
  • Que tenga pleno uso de sus facultades mentales.

 

¿Cómo se hace la impugnación de un testamento?

  • Acudir ante el juez de familia del domicilio del causante.
  • Llevar todos los documentos que lo acrediten como beneficiario del testamento.
  • Anexar los documentos  que servirán de sustento para impugnar.

 

¿Cuáles son algunos de los motivos por los cuales se puede impugnar un testamento?

  • El desheredamiento arbitrario de algunos descendientes, sin razón justificada.
  • Que el heredero sea indigno.
  • Es nulo el testamento que ha sido otorgado por dos o más personas, pues el testamento es personal e individual.
  • No incluye un heredero forzoso, lo omite a pesar que la ley le otorga la calidad como tal.
  • Que se compruebe que la firma del testador fue falsificada.
  • El testamento es nulo cuando ha sido otorgado por personas inhábiles para testar; por ej. el testamento otorgado por un impúber, por una persona con demencia , o que haya sido otorgado por cualquiera de las personas señaladas en el artículo 1061 del código civil (notario que autoriza el testamento, su cónyuge y otros más).
  • El testador no respetó la legítima.
  • Las incongruencias en la forma del testamento o en su apertura como, por ej., eliminar alguna de las formalidades exigidas para el testamento abierto o cerrado. 
  • Que el testador haya sido obligado a estipular decisiones contrarias a su voluntad.

 

¿Revocar un testamento es lo mismo que impugnar?

No, la revocación de un testamento es muy distinta a la impugnación del testamento, pues en la primera el testador es quien la realiza y consiste en la  modificación al testamento ya otorgado; mientras que la impugnación la realiza uno de los herederos y se usa para solicitar la nulidad del documento.

 

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