Aspectos importantes que debe tener el acuerdo de divorcio en caso de haber hijos menores de edad.

En el escrito: “Divorcio ante Notario”, se pueden encontrar los fundamentos básicos de dicho trámite y además la posibilidad de gestionar por cuenta propia y en forma online tanto el acuerdo de divorcio cómo el poder para el abogado o la abogada que lo debe asistir.

Recordemos que en la Notaría se formalizará mediante escritura pública el acuerdo al que lleguen los cónyuges para su divorcio el cuál producirá los mismos efectos que el divorcio decretado judicialmente.

¿Cuál es el procedimiento a seguir para iniciar el trámite de divorcio ante un Notario?

De conformidad con el artículo 2 del Decreto 4436 de 2005, los cónyuges deberán presentar personalmente ante el Notario el poder que autorizará al abogado o abogada de su elección para que actué en representación de ellos, y será aquel o aquella quién presente la petición de divorcio ante el Notario.

¿Qué debe contener la petición de divorcio?

Del artículo anteriormente citado, se desprende:
a).- Los nombres, apellidos, documentos de identidad, edades y residencia de los cónyuges.
b).- El acuerdo suscrito por los cónyuges con la manifestación de voluntad de divorciarse. Además, contendrá disposiciones sobre el cumplimiento de las obligaciones alimentarias entre ellos, si es el caso, y el estado en que se encuentra la sociedad conyugal.
c).- Copias o certificados de los registros civiles de nacimiento y matrimonio de los cónyuges.

Ahora bien, ¿Qué ocurre si los cónyuges que se desean divorciar tienen hijos menores de edad?

De haber hijos menores de edad, el acuerdo también comprenderá los siguientes aspectos:

a).- La forma en que los padres contribuirán a la crianza, estableciendo quién ejercerá la custodia y cuidado personal de los menores.
b).- La obligación o cuota alimentaria, que será de acuerdo con la capacidad económica de quién deba proporcionarla. Es pertinente aclarar, se entiende por alimentos todo lo que sea necesario para el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes, es decir, todo lo indispensable para el sustento, habitación, vestido, asistencia médica, recreación, educación o instrucción del menor.
c).- El régimen de visitas con la periodicidad de las mismas, se refiere al tiempo que requiere el padre que no convive con el menor para que pueda compartir con él, ya sea cada fin de semana o cada quince días, lo mismo aplica para la temporada de vacaciones, las fechas de cumpleaños, navidad, fin de año, etc.
d).- Las copias o los certificados de los registros civiles de nacimiento de los hijos menores de edad.
e).- La intervención de un Defensor de Familia.

¿Por qué es necesaria la intervención de un Defensor de Familia?

Habiendo hijos menores de edad, el Notario mediante escrito le notificará al Defensor de Familia, del lugar de residencia de los cónyuges, sobre el acuerdo al que han llegado éstos. El Defensor de Familia deberá emitir su concepto u opinión en los quince (15) días siguientes a la notificación, en donde evaluará si el contenido del acuerdo es acorde a la protección e intereses superiores de los hijos menores.

¿Qué ocurre si el Defensor de Familia no emite su concepto?

Si en el plazo establecido el Defensor de Familia no ha enviado su concepto, el Notario dejará constancia de tal circunstancia y autorizará la escritura pública, le enviará una copia al Defensor de Familia a costa de los interesados.

¿Qué ocurre si el concepto que emite el Defensor de Familia es negativo?

Les serán devueltos los documentos a los cónyuges y éstos deberán acudir a un proceso judicial ante un Juez de Familia competente, ya que, el pronunciamiento del Defensor de Familia no es susceptible de ningún recurso legal.

¿Qué ocurre si no hay asignado un Defensor de Familia en la localidad donde residen los cónyuges?

En este caso, será el Comisario de Familia el autorizado para emitir los conceptos u opiniones sobre el acuerdo de divorcio, y en ausencia de éste, será el Inspector de la Policía quién podrá emitir el concepto solicitado. Tal situación es válida en base al artículo 98 de la Ley 1098 de 2006, el cuál consagra la figura jurídica de la competencia subsidiaria que consiste en transferir ciertas funciones o competencias de un funcionario a otro en caso de una ausencia plena.

Para concluir, si transcurren dos (2) meses desde la fecha en que la petición de divorcio fue puesta a la disposición del Notario, sin que los interesados concurran a su otorgamiento, se considerará que éstos han desistido de continuar con el trámite.

CLASES DE FIDEICOMISOS

En anteriores artículos, sobre el tema del fideicomiso, se trató el tema de las modalidades, tanto públicas como privadas y se describió, a grandes rasgos, la esencia de cada una al transferir el bien por parte del fiduciante a la sociedad fiduciaria, para que ésta...

read more

ENCARGO FIDUCIARIO

Continuando con el tema del fideicomiso, en este artículo trataremos el Encargo Fiduciario, otra modalidad del negocio fiduciario, donde el constituyente o fideicomitente conserva el dominio de sus bienes sin que ellos salgan de su patrimonio, teniendo como...

read more

FIDUCIA MERCANTIL

La figura de la fiducia mercantil se remonta a la época romana donde se observa que, si una persona no podía pagar sus acreencias, el acreedor tomaba para sí un bien como garantía con la restricción de no enajenarlo mientras el deudor cancelara totalmente su deuda;...

read more

FIDUCIA DE CONTRATACION ESTATAL

Con el ánimo de buscar transparencia en el manejo de los dineros y recursos estatales, bajo la modalidad del fideicomiso, el Gobierno creó la Ley estatutaria de la Contratación Administrativa Ley 80 de 1993. Aunque posee su propia normatividad, es similar a la fiducia...

read more

HIJO EXTRAMATRIMONIAL

La legitimación de un hijo es una figura jurídica algo antigua, en esa época se tenía que los hijos nacidos dentro del matrimonio eran llamados legítimos y los que nacían fuera del matrimonio eran considerados ilegítimos. Actualmente no hay distinción (en derechos y...

read more

INSOLVENCIA EN COVID 19

Como consecuencia de la crisis económica generada por las medidas tomadas por el Gobierno para evitar el contagio masivo del Covid 19, muchas personas y empresas se vieron obligadas a declararse en quiebra y acudir al régimen de insolvencia económica como la solución...

read more

CERTIFICADO DE VIGENCIA

Este escrito hace referencia al certificado de vigencia de un poder general el cual es expedido por un Notario. Es por ello que a continuación se expondrán unos datos básicos relacionados con el tema, como por ejemplo: qué es, por qué es necesario y cómo se solicita...

read more
Ir al contenido