Testamento abierto.
En el caso particular del testamento abierto, el contenido del documento está al alcance de todos los interesados. Acá se puede proceder con dos acciones legales, una es dar inicio a la sucesión testada ante un Notario o ante un Juez competente y la otra acción consiste en impugnar el testamento abierto a solicitud del interesado que se halle inconforme con lo estipulado en dicho documento.
Apertura de testamento cerrado.
Aquí la situación cambia ya que se desconoce el contenido, por lo tanto, cuando fallezca el testador los interesados deberán solicitar la apertura y publicación del testamento cerrado al mismo Notario que lo autorizó.
¿Cuáles son los requisitos para la apertura de testamento cerrado?
Quien o quienes se presenten ante el Notario, primeramente deberán demostrar su condición de interesados en el testamento cerrado, igualmente, deberán aportar:
- Documentos de identificación. Quien sea hijo del testador fallecido deberá presentar copia auténtica del registro civil de su nacimiento.
- Solicitud de apertura y publicación del testamento cerrado.
- Copia de la escritura pública de otorgamiento del testamento.
- Registro civil de defunción del testador.
¿Cuál es el procedimiento para la apertura de testamento cerrado?
Sepa que el procedimiento para la apertura ante notario se encuentra regulado en el artículo 60 y siguientes del Estatuto Notarial (Decreto 960 de 1970). En resumen, debe seguir los siguientes pasos:
- Acudir ante el Notario con la solicitud de apertura y publicación del testamento cerrado y demás requisitos.
- El Notario una vez que examine y evidencie que los documentos están conforme con lo establecido en las leyes, procederá a citar a los cinco testigos que participaron en el testamento para que comparezcan ante él.
- Llegado el día y la hora de la citación, se procederá al reconocimiento del sobre y de las firmas puestas en él por el testador, los testigos y el Notario. Siempre estará a la vista el sobre y la escritura pública original que se haya otorgado.
- El Notario, en presencia de todos, extraerá el testamento y lo leerá en voz alta; terminada la lectura, lo firmará con los testigos a continuación de la firma del testador o en las márgenes y en todas las hojas de que conste.
- En un acta quedará plasmado todo lo acontecido en la apertura y quienes participaron en dicho acto.
- Finalmente, se protocolizará el testamento con lo actuado por el mismo Notario quien expedirá las copias necesarias, una de ellas será remitida para el debido registro.
Casos especiales.
- Si uno de los que acredita interés en el testamento cerrado se opone a su apertura, el Notario no la ejecutará deberá entregar el sobre y copia de la actuación al Juez competente para que éste tramite y decida la oposición a la apertura como un incidente.
- El Notario también remitirá la actuación a un Juez competente cuando la cubierta no aparezca cerrada, marcada y sellada como cuando se presentó para el otorgamiento, igualmente procederá si las firmas del Notario o los testigos no fueren reconocidos o abonados. El Notario, dejando constancia de lo anterior, practicará la apertura y publicación del testamento y enviará sobre, pliego y copia de su actuación al juez competente. Por lo tanto, el contenido del testamento no podrá ser exigido judicialmente hasta que no se declare su validez, pero si el testamento es declarado válido, el juez ordenará su protocolización y posterior registro.
Datos de interés.
- Abogado: no es necesario para la apertura, pero sí para iniciar el respectivo proceso de sucesión.
- Duración del trámite: dependerá de las condiciones de cada caso y de la disponibilidad de las partes intervinientes.
- Costo del trámite: genera costos que debe consultar en las tarifas notariales vigentes.
Tenga en cuenta.
- En el testamento cerrado cuando alguno o algunos de los testigos no asistiera a la apertura, el Notario abonará sus firmas mediante su confrontación con las firmas que se encuentran en la escritura original de protocolización. Y si fuese el Notario quien faltara, abonará su firma quien desempeñe actualmente sus funciones, mediante la misma confrontación y aún con su firma en otros instrumentos del protocolo.
Contenido relacionado.
FUSION DE SOCIEDADES COMERCIALES
Las sociedades comerciales están en la búsqueda de fórmulas para mejorar su situación financiera y una de ellas es la fusión que realizan con otras empresas para lograr un mayor alcance en el mercado en el que se desenvuelven, hoy hablaremos sobre la fusión de...
INDEXAR LA CLÁUSULA PENAL
La cláusula penal es una de las cláusulas más importantes, por no decir esenciales, que deben colocarse en un contrato, tal como lo mencionamos en artículo anterior de este blog; recientemente, la Corte Suprema determinó que ésta se debe indexar, tema de nuestro...
PRESENCIA ECONOMICA SIGNIFICATIVA PES
A partir del 01 de enero de 2024 comenzó a regir la tributación por Presencia Económica Significativa (PES) para el impuesto sobre la renta y complementarios y sobre el cual la DIAN hace énfasis sobre varios de sus aspectos. ¿Qué es el tributo por presencia...
COSTOS ESCRITURACION VENTA DE INMUEBLES
Uno de los actos jurídicos que más se manejan en la Notaría 19 es la compraventa de bienes inmuebles y sus costos notariales dependen del valor del predio, por ello, hoy desglosamos los costos escrituración venta de inmuebles. ¿Qué son los gastos notariales?...
REFORMA DE FACHADA EN PROPIEDAD HORIZONTAL
Como ya hemos señalado en anteriores artículos, los conjuntos y edificios residenciales están sometidos al Régimen de Propiedad Horizontal de la Ley 675 de 2001 y, por lo mismo, cualquier reforma de fachada en propiedad horizontal que se quiera hacer debe someterse a...
CONTRATO DE CUENTAS EN PARTICIPACION
La ley brinda la opción de realizar contratos comerciales de acuerdo a las necesidades del acto jurídico o negocio que se requiera, hay unos más conocidos que otros, y uno de ellos es el tema de nuestro presente artículo: Contrato de cuentas en participación. ...
ABUELOS PUEDEN ADOPTAR A SUS NIETOS
Cuando surgen conflictos dentro de las familias los abuelos se ven obligados a intervenir y es así como la ley les ha señalado derechos y obligaciones. Hoy hablaremos sobre si los abuelos pueden adoptar a sus nietos. ¿Qué es la adopción? En artículo de...
CANCELACION DEL REGISTRO DE MEDIDAS CAUTELARES
La Ley 1579 de 2012, “Por la cual se expide el estatuto de registro de instrumentos públicos y se dictan otras disposiciones.”, en su capítulo XVI señala lo referente a la cancelación de inscripción de medidas cautelares registradas sobre bienes inmuebles, lo cual...
PENSION ALIMENTARIA A LA ESPOSA
Los conflictos de pareja ocasionan graves problemas en el entorno familiar que afectan a todos sus integrantes y derivan en graves enfrentamientos económicos al momento de liquidar la sociedad conyugal y darle fin legal a la relación, uno de estos es la solicitud de...
ADMINISTRADORAS DE RIESGOS LABORALES ARL
El Sistema General de Riesgos Laborales (SGRL) se implementó para prevenir, amparar y proteger a los trabajadores de los efectos resultantes de los accidentes y enfermedades laborales, y una de las entidades que lo conforma es la Administradora de Riesgos Laborales...

