El Código Sustantivo del Trabajo, en su Art. 76, define lo que es el periodo de prueba: “la etapa inicial del contrato de trabajo que tiene por objeto, por parte del {empleador}, apreciar las aptitudes del trabajador, y por parte de éste, la conveniencia de las condiciones del trabajo”, y en los artículos siguientes señala su forma de estipulación, la duración máxima, su prórroga y su efecto jurídico.
Se puede inferir de lo anterior que el periodo de prueba es un plazo de tiempo acordado entre empleador y trabajador, pues el art. 78 del mismo código, establece una duración máxima de dos meses (2), por lo que la estipulación puede ser por tiempo inferior, pero debe constar por escrito, aunque hay casos especiales como los de los trabajadores domésticos donde se presumen como periodo de prueba los primeros quince (15) días laborados por el trabajador.
La finalidad de este periodo es la de dar la opción a las partes para evaluar, por parte del empleador, si el trabajador cuenta con las aptitudes requeridas para el trabajo asignado y, por parte de éste, si las condiciones en las que se desenvolverá son las adecuadas para ejecutar su labor; así mismo, cualquiera de ellos podrá dar por terminada la relación laboral sin que haya que alegar ninguna causal, sin derecho a que haya indemnización y sin que deba darse aviso previo de ello.
Como particularidades del periodo de prueba señalemos las siguientes:
- Tiene una formalidad, siempre debe estipularse por escrito, pues de lo contrario no se podrá demostrar su existencia.
- No es obligatoria ya que su estipulación depende de la voluntad de las partes.
- El lapso que dure el periodo de prueba se adiciona para computar tiempo de antigüedad.
- Su término máximo de duración es de dos meses, pero las partes pueden pactarlo por menos tiempo, o si se trata de un contrato a término fijo el periodo es de una quinta parte de su duración.
- En el caso que se trate de contratos sucesivos entre las mismas partes, sólo se entiende que hay periodo de prueba sólo en el primer contrato.
- En relaciones laborales con trabajadores domésticos este periodo sólo es de quince (15) días.
- EL contrato laboral, durante este periodo, se puede terminar unilateralmente por alguna de las dos partes.
- Durante la vigencia de este tiempo de prueba, el trabajador tiene derecho a todas las prestaciones que la Ley laboral le otorga (salario, seguridad social y prestaciones)
Cuando se trata de un plazo inferior a los dos (2) meses que la Ley señala, puede prorrogarse hasta su máxima duración.
COSTOS DE UN DIVORCIO EN COLOMBIA
La Ley 2442 de 2024 introdujo a la legislación civil una causal que permita el divorcio unilateral o libre, por la sola manifestación de voluntad de uno de los cónyuges, lo cual ha permitido que muchas personas se divorcien sin necesidad de que el otro cónyuge...
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE UNA SOCIEDAD COMERCIAL
En un artículo anterior de nuestro blog hablamos sobre la constitución de una sociedad comercial, los requisitos para constituirla, el contenido de la escritura y los tipos de sociedad que se pueden crear; hoy trataremos sobre la disolución y liquidación de una...
ACCIDENTE LABORAL
En un artículo anterior hablamos sobre la enfermedad laboral, hoy trataremos sobre el accidente laboral, su definición, los tipos de accidentes laborales, las actividades o circunstancias que no se consideran como tales y más. ¿Qué es un accidente laboral? El...
ENFERMEDAD LABORAL
Algunos puestos de trabajo ocasionan en los trabajadores una alta carga de estrés laboral que, a su vez, desencadenan dolencias que se convierten en una enfermedad laboral, tema del que hablaremos en nuestro artículo de hoy. ¿Qué es la enfermedad laboral? El...
LICENCIA DE TRANSITO Y LICENCIA DE CONDUCCION
Aunque muchos piensen que la licencia de tránsito y la licencia de conducción son lo mismo, cada documento tiene sus características y está dirigido a un ente completamente distinto. ¿Qué es la licencia de tránsito? El artículo 2 de la Ley 769 de 2002, Código...
DERECHO DE CORRECCION
Para muchos el término derecho de corrección es ambiguo, pues a primera vista no se sabe a qué se están refiriendo, pero el derecho de corrección es el que tenemos los padres y madres de familia para reprender o castigar a nuestros hijos y es el tema de nuestro...
OTROSI AL CONTRATO LABORAL
El otrosí es un documento que se anexa a los contratos con el fin de modificar, adicionar o aclarar algunas cláusulas o condiciones en los contratos ya firmados. Nuestro tema de hoy es el del otrosí al contrato laboral. ¿Qué es un otrosí? En un artículo de...
EL EMBARGO EN COLOMBIA
Las personas que tienen obligaciones pendientes y que, por distintos motivos, no han podido cumplir se ponen nerviosas cuando el acreedor les amenaza con solicitar el embargo de sus bienes para obligarlos a pagar, por ello, el tema de hoy es el embargo en Colombia....
DERECHO AL OLVIDO ONCOLOGICO
Se ha creado una nueva ley que busca garantizar que los pacientes sobrevivientes de cáncer no sufran discriminación por sus antecedentes médicos y es el derecho al olvido oncológico, tema del presente artículo. ¿Qué es la Ley del derecho al olvido oncológico?...
SERVICIOS PUBLICOS BAJARAN DE COSTO
Todos, sin excepción, si podemos disminuir el costo de los bienes y servicios que usamos, aprovechamos la oportunidad para hacerlo, por lo que saber que los servicios públicos bajarán de costo es una gran noticia para los colombianos. ¿Qué entidad busca que los...

