¿Cuál es el orden sucesoral en una sucesión intestada en Colombia?
La sucesión intestada significa que no hay testamento, ésta sucesión se puede efectuar por notaria tal como se expuso en el escrito “Sucesiones por notaría”. Pero;
¿Quiénes son llamados a heredar en ésta situación?
Son llamados a la sucesión intestada: los descendientes, los hijos adoptivos, los ascendientes, los padres adoptantes, la pareja sentimental legalmente reconocida, los hermanos, los sobrinos y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar. Así lo dispone el artículo 1040 del Código Civil.
¿Cuál es el orden para suceder?
De acuerdo al artículo 1045 y siguientes del Código Civil, el orden a seguir es:
.- Primer orden: los descendientes de grado más próximo, recibirán entre ellos cuotas iguales sin perjuicio de la porción destinada a la pareja sentimental legalmente reconocida que sobrevive. Los descendiente en primer grado son: los hijos legítimos, los adoptivos, extramatrimoniales o nacidos de una unión marital de hecho.
.- Segundo orden: corresponde a los ascendientes de grado más próximo, si el fallecido no deja descendientes, le heredarán sus padres bien sean biológicos o adoptantes y su pareja sentimental legalmente reconocida. La herencia se repartirá entre ellos por cabezas.
.- Tercer orden: cuando el fallecido no deja descendientes ni ascendientes, ni hijos adoptivos, ni padres adoptantes, le sucederán sus hermanos y su pareja sentimental legalmente reconocida. La herencia se divide la mitad para ésta y la otra mitad para aquéllos por partes iguales. A falta de pareja, se llevarán la herencia los hermanos, y a falta de éstos se la llevara aquella.
.- Cuarto orden: cuando no hay descendientes, ascendientes, hijos adoptivos, padres adoptantes, hermanos y pareja sentimental legalmente reconocida, al fallecido le heredarán los hijos de sus hermanos, es decir, sus sobrinos. Y por último;
.- Quinto orden: si a quien fallece no le sobrevive ninguno de los herederos anteriormente mencionados, será el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar quien herede los activos del difunto.
¿Qué es la repartición por cabezas?
La sucesión por cabezas consiste en la repartición por parte iguales de una porción de los bienes a heredar, al menos que la ley establezca expresamente una división diferente.
¿Qué ocurre si se encuentran vivos todos los herederos?
Dado el caso que al fallecido le sobrevivan todos sus posibles herederos, el artículo 1045 del Código Civil establece que los descendientes de grado más próximo excluyen a todos los otros herederos. Es decir, si el fallecido tiene hijos estos excluyen a los padres, hermanos y sobrinos. De no haber hijos, se seguirá el orden de sucesión arriba descrito.
Es prudente acotar, la expresión: pareja sentimental legalmente reconocida, la empleamos única y exclusivamente para abarcar de manera más amplia el término cónyuge utilizado en el Código Civil, ya que la Corte Constitucional mediante Sentencia C-283-11 de 13 de abril de 2011, con ponencia del Magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, sostuvo:
“…siempre y cuando se entienda que a la porción conyugal en ellos regulada, también tienen derecho el compañero o compañera permanente y la pareja del mismo sexo”.
Por consiguiente, cada vez que una norma haga mención al cónyuge, debe extenderse dicha disposición legal al compañero o compañera permanente y la pareja del mismo sexo, que legalmente sean reconocidos como tal.
VENTA O CESIÓN DE DERECHOS HERENCIALES
La venta o cesión de derechos herenciales es una figura que utilizan los herederos, en la cual ellos venden (puede ser entre ellos mismos o a terceros) los derechos que correspondan sobre los bienes que haya dejado el causante. Cabe aclarar que lo que se vende es,...
¿CÓMO SE HACE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN DE UNA SOCIEDAD COMERCIAL?
Cuando se inicia un proyecto de negocios, generalmente gestado desde mucho tiempo atrás, se ejecuta con la ilusión de que sea permanente, aunque se prevén las posibles causas para una disolución y liquidación de la sociedad comercial constituida, la más usual es el...
¿QUÉ ES EL LEASING INMOBILIARIO?
LEASING. Cuando una persona en Colombia decide adquirir vivienda se plantea distintas alternativas como: buscar las formas de financiación que se acostumbran en estos casos, solicitar préstamos familiares, créditos de largo plazo en UVR o en pesos amortizados según la...
¿QUE ES EL INVENTARIO SOLEMNE DE BIENES?
Muchos se habrán preguntado en qué consiste y para qué sirve el INVENTARIO SOLEMNE DE BIENES; por ello, haremos una breve, pero concisa descripción del tema, el cual se encuentra regulado en el Código Civil Colombiano, en los artículos 169, 170 y 171. Es una exigencia...
¿PARA QUE SE HACE ACTUALIZACION DE AREA Y LINDEROS DE UN INMUEBLE?
Actualizacion de area y linderos. El artículo 103 del Decreto 960 de 1970, Estatuto del Notariado, determina que: “La corrección es enmendar la comisión de un error en la descripción del inmueble, mediante el otorgamiento de una escritura pública aclaratoria suscrita...
¿QUÉ DEBO TENER EN CUENTA AL FIRMAR LA ESCRITURA DE COMPRAVENTA?
Al momento de firmar una escritura de compraventa, se deben tener en cuenta una serie de detalles que le ayudarán a comprender cuánto se debe pagar por la escrituración y a qué se deben esos costos. Además, también es importante que tenga claro el proceso a la hora de...
GASTOS DE ESCRITURACION Y REGISTRO
Los gastos de escrituracion y registro son la suma que se debe cancelar por la compra o venta de un bien inmueble. Hay unos gastos que se deben cancelar en la notaría, y otros que se pagan en la oficina de instrumentos públicos.Los Gastos de Escrituracion ¿Cuánto debo...
QUE ES LA DACION EN PAGO
Al escuchar y leer la palabra dacion en pago, inmediatamente, la asimilamos con la palabra dar y, para relacionarla con la pregunta que figura como título del presente artículo, es factible decir que se trata de dar algo en forma de pago. Internándose en el tema del...
RESOLUCION 0451-TARIFAS NOTARIALES 2017
RESOLUCION 0451-TARIFAS NOTARIALES 2017 20 ENE 2017 "Por la cual se reajustan las tarifas de los derechos por concepto del ejercicio de la función notarial" EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO y REGISTRO, En ejercicio de las facultades conferidas en...
TARIFAS REGISTRALES 2017
RESOLUCIÓN No. 0450 20 ENE 2.017 "Por la cual se fijan las tarifas por concepto del ejercicio de la función registral” EL SUPERINTENDENTE DE NOTARIADO Y REGISTRO En uso de las facultades conferidas por el articulo 74 de la Ley 1579 de 2012, y el numeral 13°...


