El empleador y la seguridad social de sus empleados.

by | Jun 12, 2019 | BLOG, CONTRATO LABORAL | 0 comments

La seguridad social comprende un sistema de instituciones, normas y procedimientos orientados a garantizar los derechos que tienen los ciudadanos y la comunidad para disfrutar de una buena calidad de vida, es irrenunciable y es un servicio público obligatorio que debe prestar el Estado.

Orientado a garantizar y proteger la calidad de vida de los ciudadanos en caso de contingencias en materia de salud, incapacidad laboral, desempleo, vejez y muerte, se han establecido sistemas que comprenden la seguridad social, a saber: sistema de pensiones, de salud, de riesgos laborales y de subsidio familiar. Se puede acceder al sistema de seguridad social bajo la condición de relación laboral o cotizar como trabajador independiente, aquí se plantea el acceso mediante una vinculación laboral.

La relación laboral conlleva la obligación por parte del empleador y del trabajador del aporte a la seguridad social, de conformidad con la ley los porcentajes que corresponden se desglosan de la siguiente manera:

TRABAJADOR

APORTES PORCENTAJE CONSIDERACIONES
SALUD 4% 1
PENSIÓN 4% 2
SOLIDARIDAD 4% 3
SUBSISTENCIA 0,2% A 1% 4

 

 

  1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10º de la Ley 1122 de 2007.
  2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del decreto 4982 de 2007 y artículo 7 de la Ley 797 de 2003.
  3. Todo trabajador que en el mes obtenga ingresos iguales o superiores a 4SMMLV debe aportar el 1% adicional con destino al fondo de solidaridad subcuenta solidaridad. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, numeral 1 de la Ley 100 de 1993.
  4. Todo trabajador que en el mes obtenga ingresos iguales o superiores a 16 SMMLV debe aportar desde un 0,2% a 1% adicional para la subcuenta subsistencia del fondo de solidaridad pensional de acuerdo a lo siguiente: de 16 a 17 smlmv de un 0.2%, de 17 a 18 smlmv de un 0.4%, de 18 a 19 smlmv de un 0.6%, de 19 a 20 smlmv de un 0.8% y superiores a 20 smlmv de 1%. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27, numeral 21 de la Ley 100 de 1993.
EMPLEADOR
APORTES PORCENTAJE CONSIDERACIONES
SALUD 8,5% 1
PENSIÓN 12,0% 2
RIESGOS LABORALES 0,522% A 6,960% 3
SENA 2,0% 4
ICBF 3,0% 4
CAJA DE COMPENSACIÓN 4,0% 4
  1. El porcentaje del aporte queda establecido en el artículo 10º de la Ley 1122 de 2007. Por otro lado existe una exoneración de este 8,5% para los empleadores la cual aplicará a los trabajadores que devenguen menos de 10 SMMLV; en el caso que el empleador sea persona natural deberá tener a partir de dos trabajadores, artículo 65 del decreto 1819 de 2016.
  2. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del decreto 4982 de 2007 y artículo 7 de la Ley 797 de 2003.
  3. Existen 5 tipos de riesgos de acuerdo a la actividad de la empresa, estos niveles están establecidos en el artículo 26 del Decreto 1295 de 1994, y a su vez los porcentajes a aportar quedan reglamentados en el artículo 2.2.4.3.5 del Derecho 1072 de 2015.
TABLA DE CLASES DE RIEGO
CLASE RIESGO %
CLASE I RIESGO MINIMO 0,522%
CLASE II RIESGO BAJO 1,044%
CLASE III RIESGO BAJO 2,436%
CLASE IV RIESGO ALTO 4,350%
CLASE V RIESGO MAXIMO 6,960%

4. Exoneración en caso de trabajadores que devenguen menos de 10 SMMLV artículo 65 del decreto 1819 de 2016.

El ingreso base de cotización comprende el salario y los elementos que lo integran (horas extras, recargos nocturnos, domingos y feriados trabajados, comisiones, etc.), este ingreso no podrá ser inferior a un SMMVL ni mayor a 25 SMMVL (artículo 5 de la Ley 797 de 2003).

Es responsabilidad del empleador la afiliación y desafiliación del trabajador así como el pago de los aportes, este escoge la Administradora de Riesgos Laborales y el trabajador escoge la Entidad Prestadora de Salud.

¿CÓMO ENTENDER EL USUFRUCTO Y SUS DERECHOS?

¿QUÉ ES EL USUFRUCTO Y QUÉ ES LA NUDA PROPIEDAD? Antes de cualquier cosa, es importante entender que al constituir un usufructo, automáticamente surge la nuda propiedad. El USUFRUCTO es el derecho que alguien otorga a otra persona sobre un bien inmueble para que éste...

read more

¿QUÉ SE ENTIENDE POR DERECHO DE ALIMENTOS?

  El tema sobre alimentos es muy amplio.  Lo primero que hay que puntualizar es lo que integra el concepto de “Alimentos”. Para tal efecto, primero se  precisará qué es el Derecho de Alimentos y, para ello, es necesario citar a la  Corte  Constitucional (C-156 de...

read more

GESTIONAR UNA LICENCIA DE CONSTRUCCION

GESTIONAR UNA LICENCIA DE CONSTRUCCIÓN: La licencia es la autorización que le otorga una Curaduría para que usted realice construcciones, modificaciones, adecuaciones o incluso demoliciones en determinado espacio de la ciudad, de acuerdo con el Plan de Ordenamiento...

read more

COBRAR UNA DEUDA SIN PRUEBAS

COBRAR UNA DEUDA SIN PRUEBAS (proceso monitorio) COBRAR UNA DEUDA SIN PRUEBAS: A todos nos ha pasado que nos vamos de buena gente con las personas, les prestamos dinero sin términos ni condiciones pero con la esperanza siempre viva, de que nos paguen. Luego, por algún...

read more

ME QUIERO DIVORCIAR Y EL O ELLA NO QUIERE

ME QUIERO DIVORCIAR Y EL O ELLA NO QUIERE : Si usted desea separarse pero su pareja no lo admite, no está de acuerdo y no lo permite, es necesario que usted tenga en cuenta las siguientes recomendaciones para que logre hacerlo. (Puede consultar los requisitos que se...

read more

RESOLUCION 0726 de 2016

RESOLUCION 0726 de 2016 Descargue Resolucion 0726 del 29 de enero del 2016 Click Aquí    RESOLUCION 0726 de 2016  Ministerio  de Justicia  y del Derecho Superintendencia   de Notariado  y Registro República de Colombia   RESOLUCION 0726 29 ENE 2016  ...

read more
error: Content is protected !!
Ir al contenido