Liquidación judicial prevista en la Ley 1116 de 2006.
Existen dos procedimientos para concretar la liquidación de una sociedad comercial, una se rige por el Código de Comercio y de la cual ya se expuso en el escrito ¿Cómo se hace la disolución y liquidación de una sociedad comercial?, la otra se encuentra prevista en la Ley 1116 de 2006. La primera es conocida como liquidación voluntaria, mientras que la segunda como liquidación judicial.
¿Cual es el objeto de la liquidación judicial?
La finalidad es coordinar de forma ordenada el pago de las obligaciones que tiene una sociedad comercial con sus acreedores.
¿Qué ocasiona el inicio del proceso de liquidación judicial?
De acuerdo al artículo 47 de la Ley 1116 de 2006, el proceso de liquidación judicial iniciará por el incumplimiento del acuerdo de reorganización, fracaso o incumplimiento de un acuerdo de reestructuración o cuando se dé alguna de las causales de liquidación judicial inmediata prevista en el artículo 49 de la referida ley.
¿Qué efectos ocasiona la apertura del proceso de liquidación judicial?
El artículo 50 de la Ley 1116 de 2006, prevé los efectos, siendo los principales:
.- La disolución de la persona jurídica.
.- Si los hubiere, la cesación de funciones de los órganos sociales y de fiscalización de la persona jurídica
.- La separación de todos los administradores.
.- La culminación de los contratos que no sean necesarios para la preservación de los activos, salvo por aquellos contratos con autorización del juez de concurso para continuar su ejecución.
.- La terminación de los contratos de trabajo con el correspondiente pago de indemnizaciones conforme a las leyes.
.- Los demás que establezca el referido artículo.
El liquidador (el auxiliar de justicia encargado de dirigir el proceso), deberá actualizar tanto los créditos reconocidos y graduados y el inventario de bienes en el acuerdo de reorganización, como, los derechos de votos y los créditos en el acuerdo de reorganización fallido y a realizar el inventario de bienes en estos dos últimos, desde la fecha del vencimiento de la obligación hasta la de inicio del proceso de liquidación judicial, en los términos previstos en la presente la Ley 1116 de 2006.
Entonces, ¿Cuáles documentos son necesarios para la solicitud de apertura?
Como el deber es actualizar los documentos presentados en el proceso de reorganización, es prudente recordar la publicación: ¿Cuál es el trámite para el proceso de reorganización de una empresa?, que nos señala:
.- Los cinco estados financieros básicos correspondientes a los tres últimos ejercicios y los dictámenes respectivos, con corte al último día calendario del mes inmediatamente anterior a la fecha de la solicitud.
.- Inventario de activos y pasivos con corte a la misma fecha de los estados financieros.
.- Memoria explicativa de las causas de la insolvencia.
.- Un flujo de caja para atender el pago de las obligaciones. Y;
.- Un proyecto de calificación y graduación de acreencias del deudor, así como, el proyecto de determinación de los derechos de voto correspondientes a cada acreedor.
De lo anterior, surge la inquietud ¿Qué diferencia hay entre la liquidación voluntaria y la liquidación judicial?
La principal diferencia es que la liquidación voluntaria se rige por el Código de Comercio, mientras que la liquidación judicial se rige por la Ley 1116 de 2006. Pero aun así, ambas coinciden en su objeto, el cual no es otro que atender de forma ordenada el pago de las obligaciones de una empresa que no puede continuar sus actividades comerciales debido a unas circunstancias que se constituyen como causales de solicitud del proceso de liquidación.
Otra diferencia viene dada por la intervención de los acreedores, en la liquidación voluntaria no existe la obligación para los acreedores de hacerse parte en el proceso, mientras que en la liquidación judicial todos los acreedores deben hacer parte de éste.
En conclusión, ambos procesos son válidos y dependerá del tipo de sociedad y sus asociados cuál proceso adoptar para su liquidación.
¿QUÉ SON LAS DONACIONES REVOCABLES?
Algo que llama la atención es que una de las características de las donaciones es que, inicialmente, es irrevocable, tal como lo señala el C.C. Colombiano en su artículo 1443, pero ésta puede ser revocada en varias situaciones: Cuando no ha sido aceptada por el...
¿QUÉ SON LOS CONTRATOS DE TRANSACCIÓN?
La transacción es un modo de terminación anormal del proceso, pues por medio de ésta las partes pueden dar por terminado un litigio, tal como lo han señalado algunos autores La transacción produce el efecto de cosa juzgada pero, debido a su naturaleza contractual,...
¿QUÉ CLASES DE IMPUESTOS EXISTEN EN COLOMBIA?
En nuestro país existen impuestos nacionales y municipales. Los nacionales se encuentran establecidos para todas las personas naturales y jurídicas a nivel general como son el de renta, el IVA, impuesto de timbre nacional y las contribuciones especiales. Los...
¿QUÉ SON LOS BIENES COMUNES DE USO GENERAL LOS BIENES COMUNES DE USO EXCLUSIVO?
Los bienes comunes son aquellas partes del edificio o conjunto sometido al régimen de propiedad horizontal que son propiedad en proindiviso de todos los propietarios de bienes privados, que por su naturaleza o destinación facilitan el funcionamiento, existencia,...
¿QUIÉN ES Y QUÉ HACE UN ADMINISTRADOR DE PROPIEDAD HORIZONTAL?
El administrador de P.H. es el representante legal, tesorero del edificio o conjunto residencial que, para ese efecto, cuenta con la potestad para de ejecutar, representar, conservar y recaudar de acuerdo a las disposiciones legales y tiene estas atribuciones y...
¿QUÉ ES Y QUÉ HACE EL COMITÉ DE CONVIVENCIA DE UNA PROPIEDAD HORIZONTAL?
En los conjuntos o edificios de propiedad horizontal se presentan problemas entre los copropietarios, o entre ellos y alguno de los órganos de control de ésta que pueden llegar a perturbar la tranquilidad de los vecinos, por lo que la Ley 675 de 2001 reglamentó la...
¿QUÉ SON LAS CUOTAS DE ADMINISTRACIÓN DE UNA P.H.?
Tema de suma importancia en el orden del día de las Asambleas de Propietarios, próximas a realizarse. “La cuota de administración es un pago o contribución obligatorio que se hace a una entidad residencial o comercial a la cual se pertenece y con ese dinero se...
¿QUÉ ES EL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN DE UNA PROPIEDAD HORIZONTAL Y A QUÉ SE DEDICA?
Según el artículo 53 de la Ley 675 de 2001, el consejo de administración sólo es obligatorio en copropiedades comerciales o mixtas con apartamentos o casas que consten de 30 unidades privadas, sin incluir parqueaderos ni depósitos. Y, para el caso de las...
¿LA PROPIEDAD HORIZONTAL DEBE TENER UN SEGURO OBLIGATORIO PARA BIENES COMUNES?
La Ley 675 de 2001, régimen de propiedad horizontal, determina la obligación de asegurar los bienes comunes contra los riesgos de terremotos e incendios. Sin embargo, a pesar de existir esta norma y a la alta probabilidad, por las condiciones geográficas de algunos...
¿QUÉ SON LOS COEFICIENTES AL MOMENTO DE VOTAR EN LA ASAMBLEA DE COPROPIETARIOS?
Son los porcentajes o derechos de participación que le corresponden a cada propietario de bienes privados en relación con los bienes comunes del conjunto o edificio de propiedad horizontal. Los coeficientes deben delimitarse en el respectivo Reglamento de Propiedad...


